El Supremo ordena a la Generalitat pagar una pensi¨®n a un contagiado de sida en una transfusi¨®n
El Supremo ha condenado a la Generalitat de Catalu?a a pagar 20 millones y una pensi¨®n vitalicia a un hombre que se contagi¨® del virus del sida por una transfusi¨®n de sangre, al considerar que la Administraci¨®n actu¨® de forma negligente. A pesar de que cuando ocurrieron los hechos no eran obligatorias las pruebas para detectar la existencia de anticuerpos, el tribunal ha ordenado el pago de la pensi¨®n al afectado hasta que cumplan 24 a?os los hijos que dependan de ¨¦l.
El importe de la pensi¨®n se establecer¨¢ durante el proceso de ejecuci¨®n de sentencia. Esta resoluci¨®n confirma la que dict¨® en diciembre de 1994 la Audiencia de Barcelona y exime del pago de las costas a los m¨¦dicos del hospital del Vall d"Hebron, que fueron acusados inicialmente, pero que acabaron absueltos. El Supremo considera que no es achacable a los m¨¦dicos el "vasto" entramado sanitario p¨²blico y que "no se les provey¨® de los medios adecuados y econ¨®micos" para detectar el virus.
El enfermo, que solicit¨® una indemnizaci¨®n de 70 millones de pesetas, contrajo el virus en el primer trimestre 1986, cuando ten¨ªa 25 a?os, y fue incluido en un programa de hemodi¨¢lisis del hospital. Durante una de las transfusiones se le transmiti¨® el virus del sida "al no haberse sometido la sangre a los oportunos test". La sangre contaminada hab¨ªa sido donada por un seropositivo y la obligatoriedad para realizar las pruebas de detecci¨®n se estableci¨® con una orden de 10 de octubre de 1986
Posteriormente, Miguel ?ngel R. T. -padre de una ni?a de corta edad- fue rechazado para un trasplante renal en octubre de 1988. Con esta sentencia finaliza un proceso en el que la Generalitat siempre ha recurrido las sentencias condenatorias al entender que el portador del virus no era un enfermo. Ahora el Tribunal Supremo recrimina que la Administraci¨®n emplee "formulismos irritantes", como discutir si su departamento de Sanidad ten¨ªa personalidad jur¨ªdica propia.
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