Condenados dos m¨¦dicos y una psic¨®loga por un delito de aborto
Dos m¨¦dicos y una psic¨®loga han sido condenados por la Audiencia de Granada a un a?o de prisi¨®n al considerar el tribunal que los dict¨¢menes m¨¦dicos que avalaban un aborto practicado en la cl¨ªnica Il¨ªberis fueron emitidos con el "¨²nico prop¨®sito de aparentar una cobertura legal a un acto que no la tiene".El tribunal llega incluso a anular el informe emitido por la psic¨®loga sobre los perjuicios que para la salud mental de la madre representaba seguir adelante con la gestaci¨®n, ya que, a su parecer, los psic¨®logos no tienen capacidad acad¨¦mica para emitir tales dict¨¢menes. La sentencia ser¨¢ recurrida por los abogados de los condenados ante el Supremo.
La Audiencia de Granada no ha tenido en cuenta las afirmaciones de la mujer que abort¨®, ni los testimonios de los m¨¦dicos y de la psic¨®loga sobre el peligro que hubiera representado seguir adelante con el embarazo. Los magistrados sostienen que el dictamen es ambiguo, pues parte de un s¨ªntoma gen¨¦rico con el exclusivo fin de ce?irse luego a un riesgo indeterminado. Por tanto, la ¨²nica finalidad del informe fue "simular" que el aborto encajaba en los supuestos legales.
Cobertura legal aparente
"En la sesi¨®n del juicio oral no ha aparecido dato alguno apto para corroborar el dictamen en cuesti¨®n", se?ala el tribunal. "La conclusi¨®n a que tenemos que llegar es que el dictamen se elabora con el ¨²nico prop¨®sito de aparentar una cobertura legal a un acto que no la tiene".Adem¨¢s la Audiencia granadina considera sin valor, tal como defendi¨® la fiscal¨ªa, el informe previo emitido por una psic¨®loga, ya que tal profesional "no es persona con t¨ªtulo legal para ejercer la Medicina". Este argumento ya provoc¨® un fuerte debate durante las sesiones del juicio oral. Los defensores recordaron que la propia Fiscal¨ªa General lleg¨® a sopesar esta duda y decidi¨® que el psic¨®logo s¨ª tiene capacitaci¨®n suficiente.
Los abogados agregaron que estos profesionales intervienen cotidianamente en los tribunales para dilucidar casos de homicidio y determinar si conviene retirar la custodia de los hijos a sus familias y que, en consecuencia, tambi¨¦n pueden opinar con rigor sobre si una mujer sufre angustia o ansiedad por un embarazo no deseado.
Por el contrario, la fiscal insisti¨® en desautorizar el informe y dijo que la mujer abort¨® por "un deseo de comodidad y por miedo a la familia". El Colegio Oficial de Psic¨®logos de Andaluc¨ªa Oriental ha respaldado a Mar¨ªa de la O H. G., la titulada que firm¨® el dictamen que respaldaba el aborto.
La sentencia, que condena tambi¨¦n a los m¨¦dicos que participaron en la operaci¨®n -Mohamed Z. E. y Bol¨ªvar S. P.- absuelve a la mujer y a su antiguo compa?ero sentimental, que en la actualidad cumple una condena en un centro penitenciario de Madrid. Seg¨²n los magistrados, los dos miembros de la pareja ten¨ªan "la creencia fundada de estar obrando l¨ªcitamente". Tambi¨¦n absuelven a una trabajadora social.
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