La juez exime de indemnizar por el incendio de la empresa Borges
Un juzgado de Lleida ha eximido al Consorcio de Compensaci¨®n de Seguros de la obligaci¨®n de indemnizar con la cantidad de 2.000 millones de pesetas a la empresa de aceite y del sector alimentario Borges por el incendio que en marzo de 1996, en plena crisis del sector de la avellana, destruy¨® la planta de Reus. La empresa Borges y las compa?¨ªas aseguradoras de la instalaci¨®n siniestrada, Z¨²rich y Wintertur, presentaron el pasado mes de junio una demanda contra el Consorcio de Compensaci¨®n al considerar que el incendio fue intencionado. Grupo terrorista La acci¨®n fue reivindicada posteriormente mediante una llamada telef¨®nica por una persona que dijo hablar en nombre de la Uni¨® Revolucionaria de Pagesos (URP). En los d¨ªas anteriores al incendio aparecieron pintadas en las paredes de la f¨¢brica con amenazas por una supuesta competencia. La demanda ha sido examinada en un juzgado de Lleida porque la empresa Borges tiene su sede social en T¨¤rrega. La sentencia dictada por la titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 4 de Lleida, Esther Vidal, absuelve al Consorcio de Compensaci¨®n de Seguros al entender que no existe ninguna prueba de que el incendio fuera provocado por un acto terrorista o por una venganza de alguna de las partes implicadas en la crisis de la avellana. El consorcio s¨®lo debe afrontar las indemnizaciones en los siniestros ocasionados por causas extraordinarias como terremotos, erupciones de volcanes o actos terroristas.
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