Cofrad¨ªa suprema
UNA PARTE de los magistrados del Supremo se ha reunido en asamblea para plantear directamente a los poderes p¨²blicos, al margen de conductos reglamentarios o asociativos, sus reivindicaciones salariales y profesionales. En la lista de cosas imposibles que sin embargo suceden habr¨¢ que inscribir ¨¦sta: la de ver al Tribunal Supremo convertido moment¨¢neamente en un sindicato asambleario. Puede discutirse (aunque choque) si es razonable reclamar una subida salarial para 1999 del 3,2% en lugar del 1,8%, tras el aumento del 58% conseguido en 1998 para lograr la equiparaci¨®n con los magistrados del Tribunal Constitucional. Puede discutirse incluso si tiene fundamento su empe?o en ostentar en exclusiva la condici¨®n de magistrado del Supremo, identificando impropiamente destino con categor¨ªa judicial. Pero lo que no tiene discusi¨®n es lo impropio del procedimiento elegido para plantearlas.Personas cuyo oficio consiste precisamente en garantizar la pureza del procedimiento no dudan en pasar por encima de los ¨®rganos de gobierno del poder judicial para solventar directamente sus agravios comparativos con los magistrados del Constitucional. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es el ¨²nico ¨®rgano legitimado para cuestionar, en el momento y por el procedimiento oportunos, las iniciativas del Parlamento relativas al estatuto de los jueces, en general, y al del Tribunal Supremo, en particular. Aunque acaben canalizando sus quejas a trav¨¦s de ese ¨®rgano, no es normal someterlo a la presi¨®n de una resoluci¨®n asamblearia.
Si adem¨¢s de perseverar en el agravio comparativo, los altos magistrados mantienen actitudes de reticencia frente al CGPJ, veremos cosas a¨²n m¨¢s incre¨ªbles. A no ser que se imponga el sentido com¨²n.
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