El fiscal de Nimes pide dos a?os de c¨¢rcel para el ch¨®fer y los due?os del autocar
La acusaci¨®n p¨²blica francesa reclama penas de hasta dos a?os de prisi¨®n y multas que suman 1.325.000 pesetas para el conductor y los due?os de la empresa alicantina de autobuses Hermanos Monllor, enjuiciados en Nimes (Francia) por homicidio involuntario en el accidente ocurrido en julio de 1995, en el que 22 pasajeros espa?oles, franceses, belgas y holandeses perdieron la vida y otros 18 resultaron gravemente heridos. El juicio qued¨® visto para sentencia ayer tras el informe le¨ªdo por el letrado de Salvador Reche, ch¨®fer del autob¨²s.
El fallo judicial se dar¨¢ a conocer el 23 de marzo. En la sesi¨®n de la ma?ana, el fiscal de la Rep¨²blica solicit¨® 18 meses de privaci¨®n de libertad, dos multas de 2.500 francos (unas 125.000 pesetas) y tres a?os de suspensi¨®n del permiso de conducir para el ch¨®fer del autocar siniestrado. A Juan Manuel Monllor Lillo y Vicente Pic¨® Garc¨ªa, responsables de la empresa de transportes radicada en Sant Vicent del Raspeig (L"Alacant¨ª), se les reclam¨® dos a?os de prisi¨®n para cada uno y ocho multas de 3.000 francos (1.200.000 pesetas aproximadamente). De la sesi¨®n celebrada ayer en el Tribunal Correccional de Nimes, el abogado de los empresarios, Francisco Ruiz Marco, extrajo que la empresa constructora del autocar Scania tiene parte de responsabilidad en que se produjera un n¨²mero tan elevado de v¨ªctimas en el accidente, el m¨¢s grave ocurrido en Francia desde hace 16 a?os. Tambi¨¦n achac¨® a Scania que no pusiera en funcionamiento el limitador de velocidad del veh¨ªculo siniestrado. El letrado, que ha solicitado la libre absoluci¨®n para sus clientes, argumenta que el trazado de la autopista A-9, en el punto donde se produjo el siniestro, a la altura de Roquemaure, en el departamento de Gard, no cumple los requisitos t¨¦cnicos que se exigen a las autopistas francesas, y sostiene que el cami¨®n que se vio implicado en el accidente no ten¨ªa autorizaci¨®n para circular ese d¨ªa. Respeto al reglamento Ruiz Marco asegur¨® que los peritos franceses admitieron, en la sesi¨®n de la vista oral celebrada el mi¨¦rcoles, que el ch¨®fer cumpli¨® el horario legal de descanso. "No llevaba 16 horas al volante, sino 4", asever¨® el abogado. Tambi¨¦n qued¨® acreditado, seg¨²n su versi¨®n, que los empresarios alicantinos no manipularon el limitador de velocidad ni el cronotac¨®grafo, y que sus defendidos cumplieron, en todo momento, los reglamentos de transporte comunitarios. Los empresarios consideran "desproporcionadas" las penas que les reclama el ministerio p¨²blico franc¨¦s. "Hay quer tener en cuenta que la condena m¨¢xima que puede imponerse en Francia para este tipo de delitos es de tres a?os", subray¨® el abogado. El accidente se produjo el 10 de julio de 1995, a la 1.15 de la madrugada, cuando el autob¨²s, un Scania de dos pisos que cubr¨ªa el trayecto Amsterdam-Barcelona, choc¨® con un remolque que sal¨ªa en ese momento de un ¨¢rea de descanso. El autocar superaba en ese momento el l¨ªmite de velocidad autorizado.
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