Condena de seis a?os para dos hinchas del Frente Atl¨¦tico
Dos hinchas del Frente Atl¨¦tico, que aglutina a los seguidores m¨¢s radicales del Atl¨¦tico de Madrid, han sido condenados a un total de seis a?os de c¨¢rcel por propinar una "paliza salvaje" a otro seguidor de este equipo. Fue una agresi¨®n sin m¨®vil: le pegaron "por simple y puro placer", seg¨²n establece la sentencia, la primera condenatoria que se dicta en Madrid contra dos miembros del Frente Atl¨¦tico tras la mortal pu?alada en el coraz¨®n que recibi¨® el seguidor de la Real Sociedad Aitor Zabaleta el 8 de diciembre, antes del partido que enfrent¨® al Atl¨¦tico y a la Real Sociedad. Ricardo Guerra, miembro de Basti¨®n, grup¨²sculo del Frente Atl¨¦tico, est¨¢ preso como principal sospechoso de la muerte de Aitor.
Los dos condenados son Iv¨¢n Fern¨¢ndez Prieto, penado con cuatro a?os y tres meses de c¨¢rcel, y el entonces menor Israel Ch. R., penado con dos a?os de prisi¨®n.
PASA A LA P?GINA 4
"No hubo robo"
Los agresores golpearon a la v¨ªctima "hasta que se mancharon de sangre las manos y las botas"
Los agresores se?alaron en el juicio que el motivo de la agresi¨®n fue el robo. Es decir, que le pegaron porque la v¨ªctima se neg¨® a entregarles las 10.000 pesetas que portaba encima y que le hab¨ªan tocado en una m¨¢quina recreativa. El juez no cree que fuese ¨¦se el motivo de la agresi¨®n. De hecho, s¨®lo les condena por un delito de lesiones graves, pero les absuelve del delito de robo, que, adem¨¢s del de lesiones, les atribuy¨® el fiscal en el juicio. El juez llega a esta conclusi¨®n porque durante la instrucci¨®n del caso nunca sali¨® a relucir el robo como m¨®vil, y porque en ning¨²n momento del juicio la v¨ªctima confes¨® "que viera a sus agresores quitarle el dinero". Adem¨¢s, los dos acusados fueron registrados por la polic¨ªa tras la paliza y no llevaban las 10.000 pesetas que la v¨ªctima guardaba. Aparte de las penas de c¨¢rcel, el juez tambi¨¦n ha condenado a ambos hinchas a indemnizar a Francisco con 120.000 pesetas por las lesiones y con otras 100.000 por las secuelas (una cicatriz en la ceja de dos cent¨ªmetros). El juez explica: "Es obvio que la cicatriz en la ceja, es decir, en una zona extremadamente visible de la cara, pr¨®xima a los ojos, que son el centro de la mirada de un tercero, constituye una deformidad est¨¦tica permanente, visible, ostensible y que puede ocasionar un perjuicio a quien la sufre". El juicio contra Iv¨¢n e Israel se celebr¨® el pasado diciembre en los juzgados de la plaza de Castilla. Esta sentencia es recurrible ante la Secci¨®n Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid.
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