El Consell recurre a una argucia legal para hacer funcionarios a los opositores que no entraron en 1991
Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de 1995 a favor de Jaime Tortosa, uno de los aspirantes que no aprob¨® la convocatoria extraordinaria de la pol¨¦mica oposici¨®n de profesores de 1991, ha servido de colch¨®n legal a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n para colocar en la funci¨®n p¨²blica a un colectivo que desde hace ocho a?os ha estado impugnado todas las sentencias, incluidas las del Tribunal Supremo, que legalizan las bases fijadas por la Administraci¨®n. Al mismo tiempo la consejer¨ªa anunci¨® ayer que ejecutar¨¢ otros dos fallos del Supremo en sentido contrario, validando los criterios aplicados en aquella oposici¨®n. Jos¨¦ Cano, director de Personal, neg¨® que la esquizofr¨¦nica decisi¨®n sea pol¨ªtica.
Un pacto con Dios y con el Diablo. ?sta parece haber sido la f¨®rmula empleada por la Administraci¨®n. La Consejer¨ªa de Educaci¨®n opt¨® ayer por cerrar uno de los flancos abiertos con m¨¢s beligerancia por el colectivo COEP, que agrupa a los opositores que no lograron entrar en la convocatoria de 1991, ejecutando sentencias diametralmente opuestas. Para no enfrentarse a las presiones de los 219 funcionarios que, de aplicarse el ¨²ltimo fallo del Supremo de octubre de 1998, perder¨ªan su condici¨®n de funcionarios, ha convalidado a los que en su d¨ªa aprobaron la convocatoria extraordinaria de oposiciones que se celebr¨® en 1991 y a quienes, tras recurrirla, fueron considerados aprobados por el TSJ valenciano. Los sindicatos han denunciado en reiteradas ocasiones que se trata de un conflicto pol¨ªtico, ya que en su momento fue instrumentalizado por abogados de las filas del PP como mecanismo de presi¨®n contra los consejeros de Educaci¨®n socialistas, y que se gir¨® en contra de los populares con su llegada a la Generalitat, forzando ahora a la Administraci¨®n. En conferencia de prensa, el director general de Personal, Jos¨¦ Cano, asegur¨® ayer que el departamento se ha limitado a ejecutar dentro del plazo legal tres sentencias perfectamente v¨¢lidas: una del tribunal valenciano a favor de un afectado de febrero de 1995 y dos del Tribunal Supremo (la del 9 de diciembre de 1997 y del 14 de julio de 1998) en sentido contrario, que validan las bases de la pol¨¦mica convocatoria. Cano rechaz¨® tajantemente las cr¨ªticas del STEPV, que considera que la "posici¨®n de la consejer¨ªa es eminentemente de naturaleza pol¨ªtica por estar sesgada a favor del colectivo COEP". "Empecinamiento" En el mismo sentido, CC OO mostr¨® su "indignaci¨®n" ante esta "desafortunada decisi¨®n pol¨ªtica" y denunci¨® que "el proceso de selecci¨®n para el cuerpo de maestros y de profesores de Secundaria establecido en la LOGSE fue judicializado empecinadamente por un colectivo minoritario" que encontr¨® amparo en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, "duramente criticado despu¨¦s por el Tribunal Supremo". Ambos sindicatos piden la retribuci¨®n salarial que corresponda a los funcionarios de carrera de Secundaria y del cuerpo de maestros que se vieron afectados por el conflicto entre septiembre de 1992 y octubre de 1995, y que se asigne el centro que les hubiese correspondido a aquellos que se vieron desplazados por la entrada del grupo de COEP, que se ampar¨® en su momento en una sentencia de 1995, la misma que revoc¨® el Supremo posteriormente. CC OO y STEPV anunciaron que recurrir¨¢n la ejecuci¨®n de la sentencia para que se restituya el derecho de los que aprobaron las oposiciones en toda regla. No opinan igual los sindicatos CSIF y ANPE, que est¨¢n conformes con la resoluci¨®n, ni UGT que mantiene una posici¨®n de ambig¨¹edad porque en su d¨ªa no suscribi¨® las convocatorias extraordinarias dispuestas en la LOGSE para resolver el problema de interinos que hab¨ªa acumulado.
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