El Consejo Consultivo afirma que la ley espa?ola del deporte "podr¨ªa estar viciada de inconstitucionalidad"
El Consejo Consultivo de la Generalitat, adem¨¢s de haber dictaminado que es "inconstitucional" obligar a los deportistas catalanes a competir con la selecci¨®n nacional de Catalu?a (v¨¦ase EL PA?S de ayer), afirma que la ley espa?ola del deporte tambi¨¦n "podr¨ªa estar viciada de inconstitucionalidad" por obligar a los deportistas a participar en la selecci¨®n espa?ola. Asimismo defiende la pr¨¢ctica del deporte como un derecho y no como una obligaci¨®n, y recuerda: "En otros momentos hist¨®ricos y reg¨ªmenes pol¨ªticos diferentes el deporte pod¨ªa concebirse como una obligaci¨®n que los ciudadanos ten¨ªan hacia su Estado, pero en el Estado social y democr¨¢tico de Derecho que consagra nuestra Constituci¨®n el deporte es, a nuestro juicio, un derecho que los poderes p¨²blicos tienen el derecho a fomentar". El Consejo Consultivo apunta la inconstitucionalidad del citado aspecto de la ley estatal en el dictamen emitido a ra¨ªz de la proposici¨®n de ley de apoyo a las selecciones catalanas, fruto de una iniciativa legislativa popular que fue presentada con las firmas de casi medio mill¨®n de catalanes. informa Europa Press. El dictamen, que fue solicitado por el PP, s¨®lo aprecia inconstitucionalidad en la obligaci¨®n de formar parte de las selecciones catalanas impuesta a los deportistas. Un miembro del Consejo Consultivo, Agust¨ª Bassols, ex consejero de Justicia, hab¨ªa anunciado un voto particular respecto a esta decisi¨®n, aunque ayer por la tarde comunic¨® al Parlament que renunciaba a emitir ese voto. El mencionado organismo considera constitucional el resto de la normativa, como la posibilidad de que las selecciones catalanas utilicen el himno y la bandera de Catalu?a, y que puedan representar al deporte catal¨¢n en ¨¢mbitos supraauton¨®micos, tanto dentro de Espa?a como en el extranjero. Por otra parte, hace referencia en su informe al art¨ªculo 47.1 de la ley estatal del deporte, de 15 de octubre de 1990, que, a su entender,"impone la misma obligaci¨®n" que pretend¨ªa la ley catalana. Enmienda de CiU Este art¨ªculo dice textualmente que "es obligaci¨®n de los deportistas federados asistir a las convocatorias de las selecciones deportivas nacionales para la participaci¨®n en competiciones de car¨¢cter internacional o para la preparaci¨®n de las mismas". El Consejo Consultivo afirma que la "obligaci¨®n impuesta imperativamente a los deportistas catalanes de asistir a las convocatorias de las selecciones catalanas puede estar viciada de inconstitucionalidad (como tambi¨¦n lo podr¨ªa estar la obligaci¨®n establecida en el art¨ªculo 47.1 de la ley estatal, sobre el cual, no obstante, este consejo no se pronuncia formalmente ya que no es ¨¦ste el objeto de su dictamen)". Y a?ade que la obligaci¨®n que se establece para los deportistas "es contraria al art¨ªculo 1 de la Constituci¨®n espa?ola", que propugna como valor superior de su ordenamiento jur¨ªdico la libertad. El portavoz de CiU en el Parlament, Ramon Camp, manifest¨® que el dictamen del Consejo Consultivo es "plenamente satisfactorio" e indic¨® que la inconstitucionalidad de la obligatoriedad de participar en las selecciones catalanas "no supone ninguna contrariedad" porque CiU ya hab¨ªa previsto esa posibilidad. Camp explic¨® que CiU hab¨ªa presentado una enmienda para resolver esta posible inconstitucionalidad. Esta enmienda, que CiU mantiene, elimina la obligatoriedad e indica que "los clubes han de facilitar la asistencia a las convocatorias de los deportistas seleccionados". El pleno extraordinario que aprobar¨¢ la ley de las selecciones catalanas se celebrar¨¢ el pr¨®ximo 28 de julio.
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