Jueces y salarios
Las reivindicaciones salariales de los jueces han desplazado, en el inicio de este a?o judicial, los consabidos chequeos sobre el estado de salud de la justicia. El acto oficial de apertura, celebrado en la sede del Tribunal Supremo, fue sobrio y solemne como corresponde a la tradici¨®n, pero tuvo en los vest¨ªbulos de los palacios de justicia r¨¦plicas m¨¢s efectistas y menos ceremoniosas: asambleas y concentraciones de jueces reividicando sonantes y contantes aumentos salariales. La imagen resulta a tal extremo ins¨®lita que hay que remontarse a 1988 para encontrar el precedente de unos jueces que amenazaron con la huelga al entonces ministro de Justicia, Enrique M¨²gica.Como era previsible, los discursos oficiales guardaron silencio sobre este cap¨ªtulo. Pero es dif¨ªcil no ver alguna relaci¨®n entre la "desertizaci¨®n" judicial -ese nuevo mal que, seg¨²n afirm¨® ayer el presidente del Consejo General de Poder Judicial, Javier Delgado, amenaza a la Admistraci¨®n de justicia y de paso a los ciudadanos- y el esquema retributivo de jueces y fiscales. Empieza a haber s¨ªntomas de que se reduce el n¨²mero de los aspirantes a juez, lo que, unido a las jubilaciones, puede producir en los pr¨®ximos a?os un apreciable n¨²mero de plazas vacantes en los juzgados y tribunales. Es un fen¨®meno que habr¨¢ que seguir con atenci¨®n a partir de ahora. Pero, siendo discutible el nivel salarial de los juzgadores, no parece que hayan elegido el mejor camino para defender sus aspiraciones. Los ciudadanos, que sufragan con sus impuestos a los profesionales de la justicia, dif¨ªcilmente pueden apoyar una subida salarial del 25%, por m¨¢s que se argumente que han perdido un 18% de capacidad adquisitiva en los ¨²ltimos 10 a?os. Es posible estudiar, sin duda, su reivindicaci¨®n de que el Parlamento desarrolle la previsi¨®n legal contenida en la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial de 1985 de elaborar una ley espec¨ªfica de retribuciones de la funci¨®n judicial que contemple mecanismos de negociaci¨®n salarial y de condiciones de trabajo como ya sucede en otros ¨¢mbitos del funcionariado; pero los salarios de los jueces no pueden alejarse abismalmente, ni en cantidades ni en porcentajes, de los niveles retributivos propios de los escalones medios y superiores de la funci¨®n p¨²blica.
Vincular el nivel salarial a la independencia judicial, como ha insinuado el presidente de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, es sencillamente un desprop¨®sito que desnuda de raz¨®n a su autor. Pero no lo es completar el estatuto de los jueces con una ley que preserve sus niveles salariales de los golpes de efecto, a favor o en contra, de los gobiernos de turno. Con esa ley vigente, habr¨ªa sido m¨¢s dif¨ªcil agraciar a los magistrados del Supremo con incrementos retributivos del 60% como sucedi¨® hace a?o y medio, provocando en el seno de la judicatura una fractura salarial que ha sembrado agravios y descontentos.
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