Los procesos se reducen a dos declarativos y cuatro especiales
La nueva legislaci¨®n reducir¨¢ a dos los procesos ordinarios (en la actualidad son cuatro) y a cuatro los especiales (en la actual son m¨¢s de 60, recogidos en multitud de leyes diferentes). La nueva ley procesal civil es la m¨¢s extensa del per¨ªodo democr¨¢tico, con un total de 825 art¨ªculos. Hasta ahora, la legislaci¨®n constaba de cuatro procesos declarativos ordinarios:-De mayor cuant¨ªa, en los que se ventilaban demandas de m¨¢s de 160 millones de pesetas, y los derechos honor¨ªficos.
-De menor cuant¨ªa, que contemplaban demandas de m¨¢s de 800.000 pesetas y las demandas de filiaci¨®n, paternidad y maternidad; capacidad y estado civil y las de cuant¨ªa indeterminada.
-Juicios de cognici¨®n, en los que se dilucidaban demandas de m¨¢s de 80.000 pesetas -Juicio verbal: para demandas de menos de 80.000 pesetas.
En la futura Ley de Enjuiciamiento Civil, los procesos declarativos se reducen a dos:
-Juicio ordinario: para demandas sobre derecho al honor, intimidad y propia imagen; impugnaci¨®n de acuerdos sociales; competencia desleal, propiedad industrial y publicidad; condiciones generales de contrataci¨®n; arrendamientos de bienes muebles (salvo desahucios) ; juntas de propietarios y demandas de m¨¢s de 500.000 pesetas y de cuant¨ªa indeterminada.
-Juicio verbal: restituci¨®n de la posesi¨®n de bienes; suspensi¨®n de obras nuevas, objetos ruinosos; defensa de derechos inscritos en el Registro de la Propiedad; alimentos y demandas de menos de 500.000 pesetas. Procesos especiales
En la vieja legislaci¨®n, hab¨ªa m¨¢s de 60 procedimientos especiales. Unos estaban dentro de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 (procesos sucesorios, concursales, arrendamientos, alimentos...) y otros se encontraban dispersos en leyes especiales (derechos fundamentales, nulidad, separaci¨®n y divorcio, propiedad industrial e intelectual, procesos societarios, cambiarios, hipotecarios, competencia desleal, veh¨ªculos a motor, etc..
La nueva ley procesal civil reducir¨¢ a cuatro todos aquellos procedimientos: Juicios sobre capacidad, filiaci¨®n y matrimonio; divisi¨®n judicial de patrimonios; juicio monitorio y juicio cambiario.
En la elaboraci¨®n del nuevo proyecto se han tenido en cuenta las iniciativas realizadas en los ¨²ltimos 25 a?os, desde trabajos de profesores universitarios elaborados en los a?os 70 hasta el borrador de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1995 elaborado por expertos designados por el ministerio de Justicia.
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