El fiscal y su crisis
El fiscal, entendiendo la parte por el todo como lo hace la mayor¨ªa de la gente que no distingue bien entre la persona y la instituci¨®n llamada Ministerio Fiscal, est¨¢ pasando la fase m¨¢s aguda de la crisis que se inici¨® tras el despiadado acoso a que sus m¨¢ximos dirigentes (Moscoso y Torres Boursault, pero sobre todo Eligio Hern¨¢ndez), fueron sometidos por la derecha pol¨ªtica y medi¨¢tica a partir de la v¨ªa de agua abierta con el procesamiento y juicio del herman¨ªsimo Juan Guerra.Si ya en tiempos de UCD, cuando desde su mayor¨ªa parlamentaria se aprob¨® el estatuto org¨¢nico por el que actualmente se rige la instituci¨®n, se criticaba el desv¨ªo observado con respecto a la ubicaci¨®n del art¨ªculo 124 de la Constituci¨®n dentro de su T¨ªtulo VI (Del Poder Judicial), para pasar a considerarse un ¨®rgano no expresamente dependiente de alguno de los tres poderes del Estado, pero tampoco declarado independiente de ellos, puede uno imaginarse c¨®mo el transcurso de casi veinte a?os ha venido a agravar la vieja discusi¨®n, sobre todo en el seno de la carrera, con la secuela de una especie de esquizofrenia dif¨ªcil de resolver incluso en el terreno de la pr¨¢ctica. En los juicios orales, el fiscal -prerrogativas, preeminencias y honores a un lado- es una parte junto a las dem¨¢s personadas en el proceso, que se ve obligado a defender en cada caso un inter¨¦s concreto.
Cierto es y as¨ª lo recoge el precepto constitucional mencionado, que el fiscal tiene entre sus misiones la de promover la acci¨®n de la justicia en defensa de la legalidad y aun siendo muy discutible que sea ¨¦sta una diferencia sustancial con los letrados de las otras partes en el proceso, lo m¨¢s preocupante es que se pretenda por la corriente independentista atribuir en exclusiva a todos y cada uno de los miembros de la carrera fiscal, sin ingerencia alguna, el poder de decidir en cada caso y aplicar su criterio de legalidad y la adjudicaci¨®n concreta de este principio en beneficio de una de las partes litigantes. No dudo que desde esta hip¨®tesis se refuerza el principio de independencia de la instituci¨®n. Lo que ya no veo tan claro es que se refuerce tambi¨¦n el de imparcialidad, que goza del mismo rango constitucional.
La reciente sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo condenando por prevaricador al ya ex juez G¨®mez de Lia?o, ha dejado con las verg¨¹enzas al aire el peculiar arbitrio del fiscal Gordillo -a quien, por la lectura de la sentencia, parece que le ha salvado la campana en el ¨²ltimo segundo- con el que trat¨® de arropar a su admirado trujim¨¢n. Coincid¨ªan ambos en que al no ser el Derecho una ciencia exacta, el fiscal pod¨ªa establecer las conclusiones que le diera la gana, en defensa, eso s¨ª, del principio de legalidad que su particular desenfoque le dictaba, mientras que el juez estaba en su derecho al cometer la tropel¨ªa inicua de llevar a la c¨¢rcel, al descr¨¦dito y, si a tiro se pon¨ªan las cosas, a la ruina, a ciertas personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas que "no le ca¨ªan bien" a ¨¦l y a sus amigos. Personalmente, no puedo ocultar mi profundo temor a encontrarme alg¨²n d¨ªa con un juez que caiga en la tentaci¨®n de dictar a sabiendas resoluciones injustas, pero me da m¨¢s p¨¢nico imaginarme mil doscientos fiscales interpretando en cada caso la legalidad, a espaldas de la pol¨ªtica judicial que corresponde definir al Gobierno del Estado y por la que ¨¦ste debe someterse a un severo control parlamentario marcado por la oposici¨®n.
No puede ni debe ocultarse a los ciudadanos que, en la actualidad, el Ministerio Fiscal vive uno de sus peores momentos de crisis por la quiebra del principio que constituye su armaz¨®n estructural, es decir, el principio de dependencia jer¨¢rquica. Si los fiscales adscritos a juzgados de instrucci¨®n deciden a qu¨¦ actuaciones asisten y cu¨¢les no merecen la m¨ªnima atenci¨®n de su presencia f¨ªsica, sin que sus superiores jer¨¢rquicos se atrevan a ordenarles o al menos sugerirles las pautas de actuaci¨®n que en cada caso deben seguir, f¨¢cil es colegir el grave riesgo en que se sit¨²an los dem¨¢s principios que fundamentan su actividad: la defensa del inter¨¦s p¨²blico y la satisfacci¨®n del inter¨¦s social.
Lo ir¨®nico e hiriente de la situaci¨®n descrita es que, en medio de este an¨¢rquico reparto del poder dentro de la instituci¨®n, con pujos de rebeld¨ªa de las bases, la ¨²nica imagen de sumisi¨®n y dependencia sol¨ªcita del Gobierno la est¨¢ brindando d¨ªa a d¨ªa y en alto grado el fiscal general del Estado. Y adem¨¢s sin que tenga que dar cuenta anualmente a las Cortes Generales del balance de su gesti¨®n.
Francisco Granados es abogado.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.