La Diputaci¨®n de Vizcaya retras¨® el pago de impuestos por 348 millones a cinco contribuyentes
La Diputaci¨®n de Vizcaya ha retrasado el pago a la Hacienda foral de deudas fiscales de cinco contribuyentes que suman 348 millones de pesetas, seg¨²n constata en su ¨²ltimo informe el Tribunal Vasco de Cuentas P¨²blicas. Esta decisi¨®n incumple la propia ley foral, puesto que se trataba de expedientes que se encontraban ya en la v¨ªa ejecutiva. El informe del tribunal, referido al ejercicio de 1997 y que destaca el mejor funcionamiento de la instituci¨®n, censura tambi¨¦n las f¨®rmulas utilizadas por la Diputaci¨®n para facilitar el abono de deudas por otros 541 millones.
El incumplimiento de la ley apreciado por el ¨®rgano que fiscaliza a?o tras a?o la actividad econ¨®mica y financiera del Gobierno vasco, las tres diputaciones y los 250 ayuntamientos de la comunidad se traslada tambi¨¦n a las ¨¢reas de concesi¨®n de subvenciones, modificaciones presupuestarias y la contrataci¨®n. Sobre este apartado, la Diputaci¨®n vizca¨ªna sigue sin cumplir la ley en la mitad de contratos que suscribe (ver EL PA?S del pasado 19 de noviembre).El incumplimiento en la recaudaci¨®n de impuestos tambi¨¦n se apreci¨® en la anterior auditor¨ªa, referida al ejercicio de 1996, cuando se se?alaron tres casos de aplazamiento de la deuda, en uno de ellos de una empresa en crisis, pero en los otros dos de contribuyentes solventes. Entonces se censuraba que el ¨¢rea de recaudaci¨®n de la Diputaci¨®n procedi¨® con "insuficientes garant¨ªas" en cuatro casos, cuya deuda ascend¨ªa a 635 millones de pesetas y las exenciones de impuestos concedidas "sin la documentaci¨®n requerida" a otros cuatro expedientes por un total de 1.737 millones de pesetas.
Los cinco expedientes donde este ¨²ltimo informe del Tribunal de Cuentas ha apreciado anomal¨ªas -cuyos titulares, como suele ser habitual, no comenta la auditor¨ªa, que tampoco precisa si corresponden a contribuyentes individuales o a empresas- totalizan 348 millones. Estas deudas se encontraban ya en la v¨ªa ejecutiva, que permite el embargo de bienes u otras f¨®rmulas para que la Hacienda cobre las cantidades no pagadas, pero han sido devueltas a la v¨ªa administrativa "incumpliendo los art¨ªculos 100 y 101 del DF [decreto foral] 52/93 y 97 y 98 del DF 36/97", seg¨²n explica el informe.
El tribunal censura igualmente la trangresi¨®n de la ley en la decisi¨®n adoptada sobre otros tres deudores por un importe de 541 millones. En estos casos, se fraccion¨® el pago de sus impuestos a la Hacienda foral sin existir los requisitos necesarios para ello, como la presentaci¨®n de garant¨ªas suficientes que avalasen "el principal de la deuda y los intereses de demora". El informe explica que se incumplen dos decretos forales, el 25/93 y el 36/97.
Censura de Bideak
El estudio cuestiona el funcionamiento de la sociedad foral Bizkaiko Bideak, creada por la Diputaci¨®n en 1997 para acometer la construcci¨®n de carreteras sin recurrir directamente a los presupuestos forales. "Se constituye sin ninguna competencia espec¨ªfica, de tal forma que cuando la Diputaci¨®n lo considere oportuno encargar¨¢ obras concretas a la sociedad para que ¨¦sta las gestione", se?ala, por lo que considera que se mantienen dos estructuras en paralelo: la de Bideak y el Departamento de Obras P¨²blicas "que tiene atribuida la competencia general".
El informe a?ade que mantener dos estructuras administrativas en paralelo para cumplir los mismos fines "no se justifica desde el punto de vista de la operatividad y eficacia en la gesti¨®n, por cuanto supone duplicar la competencia para atender a un mismo objeto". El ¨®rgano fiscalizador tampoco entiende que se justifique la creaci¨®n de una nueva sociedad por criterios de rapidez y eficacia en la gesti¨®n, "toda vez que se ver¨¢ obligada al cumplimiento de las mismas leyes". Ante ello, recomienda a cualquier administraci¨®n que constituya sociedades mercantiles s¨®lo "cuando poderosas razones de eficacia y eficiencia as¨ª lo avalen, respet¨¢ndose en todo caso los principios que inspiran tanto la contrataci¨®n administrativa, como la de personal, gesti¨®n presupuestaria, financiera y contable".
El tribunal reitera que, "como ya se pusiera de manifiesto" en informes anteriores, se repiten los incumplimientos en el ¨¢rea de personal. "La oferta de empleo p¨²blico de 1993, la relaci¨®n de puestos de trabajo de 1990, el Arcepafe [convenio] de varios a?os, se encuentran recurridos ante los tribunales de justicia, lo que provoca incertidumbres sobre la legalidad de los mismos".
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