Prohibida desde hoy la petici¨®n p¨²blica de ¨®rganos para trasplantes
Las peticiones p¨²blicas para conseguir la donaci¨®n de ¨®rganos para un trasplante est¨¢n prohibidas desde hoy, con la entrada en vigor del real decreto que actualiza la legislaci¨®n sobre la materia, aprobado el pasado d¨ªa 30 por el Consejo de Ministros. El texto, cuya celeridad en llegar al Bolet¨ªn Oficial del Estado, ayer, ha sorprendido a la propia responsable de la Organizaci¨®n Nacional de Trasplantes, Blanca Miranda, incorpora garant¨ªas para la confidencialidad de los datos de donantes y receptores, consagra la posibilidad de realizar trasplantes de partes de ¨®rganos y establece los requisitos que deben cumplir los hospitales para llevar a cabo este tipo de intervenciones, as¨ª como la coordinaci¨®n entre comunidades aut¨®nomas. La donaci¨®n debe ser "siempre" voluntaria, altruista y desinteresada, recuerda el texto, que adem¨¢s proh¨ªbe de forma expresa la publicidad para conseguir la donaci¨®n para una persona o centro sanitario concreto y la posibilidad de pagar por un ¨®rgano. Lo que no recoge, sin embargo, son las sanciones a las que se arriesgan los familiares que pidan los ¨®rganos y los medios de comunicaci¨®n que recojan sus demandas. La nueva norma s¨®lo da armas legales para denunciar y perseguir en los tribunales este tipo de pr¨¢cticas, criticadas por la ONT por insolidarias e ineficaces, precis¨® Miranda.
Espa?a es el pa¨ªs con una mayor tasa de donaci¨®n de ¨®rganos (32 personas de cada mill¨®n), pero la ley que regula esta actividad databa de 1980. La ONT se puso manos a la obra para poner al d¨ªa esta legislaci¨®n y dar cobertura legal a pr¨¢cticas ya habituales en los hospitales espa?oles. En este sentido, se fija el cese de los latidos del coraz¨®n como momento del fallecimiento, sin tener que esperar necesariamente a la muerte cerebral.
Cualquier ¨®rgano extra¨ªdo
El texto reconoce los futuros avances de esta especialidad m¨¦dica, ya que considera ¨®rganos trasplantables no s¨®lo el h¨ªgado, el ri?¨®n o el coraz¨®n, por ejemplo, sino tambi¨¦n cualquiera otros que puedan "ser extra¨ªdos y trasplantados". Para el caso de las donaciones por parte de una persona que todav¨ªa vive, el ¨²nico requisito es no poner en peligro la vida del donante. La ONT espera que esto dificulte que la norma se quede obsoleta como pas¨®, seg¨²n Miranda, con la anterior.
Otra novedad es la posibilidad de realizar trasplantes de ¨®rganos incompletos. Este tipo de trasplante s¨®lo es viable hoy en el caso del h¨ªgado -el a?o pasado se hicieron tres en Espa?a-, pero ya hay investigaciones en marcha para trasplantar la parte de un pulm¨®n o del p¨¢ncreas.
El consentimiento del donante se mantiene como est¨¢ en la legislaci¨®n actual: es donante todo ciudadano del que no se conozca su oposici¨®n a serlo. Miranda reconoce que ¨¦sta es una posibilidad m¨¢s te¨®rica que real, porque a los profesionales sanitarios "no les compensa" oponerse a los deseos de la familia de una persona que acaba de morir.
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