El 18% de las solicitudes de marcas que se presentan en la OAMI son recurridas
El 18,3% de las solicitudes de marcas que se presentan en la Oficina de Armonizaci¨®n del Mercado Interior (OAMI), con sede en Alicante, son objeto de alguna reclamaci¨®n desde su publicaci¨®n hasta su registro oficial (proceso que se prolonga durante 14 meses) en esta instituci¨®n, encargada de la protecci¨®n de las marcas en el conjunto de la Uni¨®n Europea (UE). Hasta mayo de 1999, la Euroagencia hab¨ªa registrado un total 72.871 marcas, de las cuales 13.352 sufrieron reclamaciones (proceso de oposici¨®n) por parte de titulares de marcas anteriores con derechos en el ¨¢mbito comunitario, informa Efe.Desde el 1 de enero de 1996, cuando la OAMI abri¨® al p¨²blico, la instituci¨®n est¨¢ recibiendo unos 900 procesos de oposici¨®n o recurso al mes. No obstante, las decisiones de la OAMI sobre estos procesos pueden ser recurridas por las partes en el plazo de dos meses. Estas alegaciones las resuelve la Euroagencia en dos ¨®rganos denominados salas de recursos, instancias independientes de la direcci¨®n de la propia OAMI. Hasta noviembre pasado, las salas recibieron 605 recursos, la mayor¨ªa de los cuales hac¨ªan referencia a denegaciones de solicitud por falta de car¨¢cter distintivo de la marca a registrar.
Los demandantes pueden recurrir las resoluciones de las salas ante la jurisdicci¨®n comunitaria, es decir, los tribunales de marcas, ¨®rganos que todav¨ªa no se han constituido en la totalidad de los pa¨ªses miembros de la UE. Los tribunales de marcas est¨¢n previstos en el reglamento sobre la marca comunitaria. Se trata de ¨®rganos de primera y segunda instancia que deber¨¢n designar los estados miembros. Estos tribunales tienen competencia exclusiva para dirimir los litigios relativos a la violaci¨®n de marca comunitaria, reclamaciones de indemnizaciones por la utilizaci¨®n de una marca ya publicada y demandas de caducidad o nulidad de las mismas.
Los pa¨ªses miembros de la UE ten¨ªan que haber designado los tribunales de marcas antes de marzo de 1997. Sin embargo, s¨®lo Dinamarca, Alemania, Pa¨ªses Bajos, Suecia y Reino Unido han cumplido con este mandato de la Comisi¨®n Europea. En el caso de Espa?a, la decisi¨®n se ha pospuesto, a?o tras a?o, a la espera de un consenso entre los ministerios de Industria y Justicia sobre c¨²antos y d¨®nde se ubican. El Gobierno central expres¨®, en principio, su intenci¨®n de establecer en exclusiva los tribunales de marcas en Alicante, aunque otras capitales, como Barcelona, tambi¨¦n aspiran a acogerlos.
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