El derecho a la intimidad cede frente al creciente comercio de datos personales
Una nueva ley permite el uso del censo electoral y el cruce de informes entre aseguradoras
La Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos de Car¨¢cter Personal, que entr¨® en vigor el viernes ¨²ltimo, otorga m¨¢s facilidades al tr¨¢fico mercantil, a costa de suavizar la defensa del derecho a la intimidad, garantizado por la Constituci¨®n. Adem¨¢s de mantener los preceptos de la ley de 1992 impugnados ante el Tribunal Constitucional -entre otros, por el PP- por la posible vulneraci¨®n de derechos fundamentales desde los ficheros p¨²blicos, la nueva ley autoriza el uso y tratamiento privado de los datos del censo electoral y permite a las aseguradoras establecer ficheros comunes que entrecrucen datos personales.
Una de las grandes innovaciones de la ley es el llamado censo promocional. En contraste con la prohibici¨®n de la Ley Electoral de "cualquier informaci¨®n particularizada sobre los datos personales contenidos en el censo electoral, a excepci¨®n de los que se soliciten por conducto judicial", la Ley de Protecci¨®n de Datos da carta blanca a quienes quieran utilizarlos.Su art¨ªculo 31 es claro: "Quienes pretendan realizar permanente o espor¨¢dicamente la actividad de recopilaci¨®n de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospecci¨®n comercial u otras actividades an¨¢logas podr¨¢n solicitar del Instituto Nacional de Estad¨ªstica o de los ¨®rganos equivalentes de las comunidades aut¨®nomas una copia del censo promocional, formado con los datos de nombre, apellidos y domicilio que constan en el censo electoral". En caso de que la lista se facilite en soporte inform¨¢tico, "se podr¨¢ exigir una contraprestaci¨®n".
Sensibilidad
Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, magistrado del Supremo experto en esta materia, cree que el censo promocional "desborda la finalidad del censo electoral", aunque reconoce que "falta sensibilidad social sobre los atentados que pueden cometerse mediante el uso abusivo de esos datos personales".
No s¨®lo asociaciones de publicidad o de marketing directo se han felicitado por el censo promocional. La propia Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios ha afirmado que "un nombre y una direcci¨®n nada aportan sobre la intimidad de su titular", sino que facilitan "relaciones comerciales ¨¢giles y exentas de formalidades que tanto demandan los usuarios de finales del siglo XX", y la Confederaci¨®n de Consumidores y Usuarios ha puesto el acento en "el funcionamiento del mercado".
Para Diego L¨®pez Garrido, diputado de NI que prepara un recurso de inconstitucionalidad contra la nueva ley para ofrecerlo al Defensor del Pueblo, la regulaci¨®n reglamentaria (por el Gobierno) del consentimiento personal para que se usen los datos "hurta al legislador un contenido esencial del derecho fundamental a la intimidad", igual que "cuando la ley remite a su normativa espec¨ªfica los datos de las gu¨ªas telef¨®nicas".
Pero lo m¨¢s grave para L¨®pez Garrido es la nueva posibilidad legal de que las aseguradoras establezcan "ficheros comunes que contengan y crucen datos personales y que la cesi¨®n de datos a dichos ficheros no requiera el consentimiento previo del afectado".
En cambio, la Uni¨®n Espa?ola de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras estima la medida "no original en el entorno europeo", porque facilita "conocer lo mejor posible qu¨¦ riesgo se est¨¢ asegurando y en qu¨¦ medida".
Desde su ¨®ptica de defensa del ciudadano, el director de la Agencia de Protecci¨®n de Datos, Juan Manuel Fern¨¢ndez, anunci¨® que vigilar¨¢ estrechamente los ficheros de las aseguradoras, del mismo modo que cree "una intromisi¨®n grav¨ªsima en la intimidad" la grabaci¨®n de conversaciones de los clientes por las operadoras de telefon¨ªa sin el previo consentimiento de los afectados.
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