Tres pa¨ªses europeos se adelantan a Espa?a al sentar a sus regiones en el Consejo de la UE
Gobierno y autonom¨ªas llevan a?os negociando lo que ya tienen Alemania, B¨¦lgica y Reino Unido
Lo que en Espa?a es materia de discusi¨®n desde hace a?os entre el Gobierno central y las comunidades aut¨®nomas es ya algo perfectamente normal en tres pa¨ªses tan distintos como Alemania, B¨¦lgica y el Reino Unido, en el caso de los dos primeros desde la entrada en vigor del Tratado de Maastricht, en 1993, y en el caso brit¨¢nico, desde 1997. Estos tres Estados miembros de la UE han sido representados repetidas veces por ministros regionales en las reuniones del Consejo de Ministros de la UE, un tema que parece tab¨² en Espa?a.
El Tratado de Maastricht antes (art¨ªculo 146) y el de Amsterdam ahora (art¨ªculo 203) permiten que los Estados miembros est¨¦n representados por ministros regionales (llamados en Espa?a consejeros), tras la ambig¨¹edad introducida en los tratados a instancias de B¨¦lgica. En el redactado anterior se dec¨ªa que "el Consejo est¨¢ formado por los representantes de los Estados miembros" y que "cada Gobierno delega en uno de sus miembros". Desde el Tratado de Maastricht esa definici¨®n es mucho m¨¢s abierta: "El Consejo estar¨¢ compuesto por un representante de cada Estado miembro de rango ministerial, facultado para comprometer al Gobierno de dicho Estado miembro".La delegaci¨®n de cada Estado en el Consejo est¨¢ compuesta por dos representantes. Desde la entrada en vigor del Tratado de Maastricht, en 1993, y hasta septiembre de 1997, las delegaciones de Alemania y B¨¦lgica estuvieron compuestas en 30 ocasiones exclusivamente por uno o varios ministros regionales. En 37 ocasiones fueron ministros federales acompa?ados de ministros regionales los representantes de estos dos Estados miembros.
Desde septiembre de 1997, un tercer pa¨ªs, el Reino Unido, ha hecho uso de la posibilidad de sentar a ministros regionales en la silla del Consejo. Desde entonces, y hasta diciembre de 1999, hasta en 52 ocasiones se han sentado ministros estatales acompa?ados de ministros regionales. B¨¦lgica lo hizo en 21 ocasiones; el Reino Unido, en 19, y Alemania, en 12 oportunidades.
Estos tres pa¨ªses tienen tradiciones pol¨ªticas regionales muy diferentes entre s¨ª. Alemania es una Rep¨²blica Federal desde el final de la Segunda Guerra Mundial. Es un pa¨ªs muy extenso -el mayor de la UE-, pero muy descentralizado. Las regiones tienen un gran poder, pero no se viven tentaciones sececionistas.
El Reino Unido es un Estado de tradici¨®n centralista que cohabita con un problema regional de rancia tradici¨®n en Escocia, y en menor medida, en Gales. La presencia de ministros regionales en el Consejo de Ministros comunitario es consecuencia del proceso de descentralizaci¨®n impulsado por los laboristas de Tony Blair.
B¨¦lgica es un pa¨ªs peque?o, pero siempre amenazado por la divisi¨®n. Los flamencos del norte coquetean tradicionalmente con la independencia, mientras los franc¨®fonos del sur defienden con m¨¢s ah¨ªnco la unidad federal. La regi¨®n biling¨¹e de Bruselas y una peque?a zona de habla alemana completan el mapa regional.
Competencias
Las competencias de las regiones son en B¨¦lgica mucho m¨¢s poderosas que en Espa?a y alcanzan incluso ciertas materias de pol¨ªtica exterior. Pero hasta ahora el Consejo de la Uni¨®n s¨®lo ha visto a ministros regionales para tratar asuntos de cultura, educaci¨®n, industria, juventud, protecci¨®n civil, investigaci¨®n, transportes y trabajo y asuntos sociales.
En Espa?a, tanto el Gobierno del PSOE como el del PP han sido muy reticentes a permitir a las comunidades aut¨®nomas beneficiarse de la ambig¨¹edad del Tratado de Maastricht. Desde 1993 es un tema de pol¨¦mica pol¨ªtica, que ha empezado a encauzarse desde marzo de 1998, aunque sin ning¨²n resultado hasta ahora. Una resoluci¨®n del Congreso mandata desde entonces al Gobierno central y a los auton¨®micos a buscar un consenso que permita el acuerdo. El central admite as¨ª la posibilidad de enviar ministros regionales a Bruselas. Los auton¨®micos acataron entonces dos grandes principios: la representaci¨®n principal siempre la detentar¨ªa el Estado -a pesar de que los Tratados permiten que pueda ser un ministro regional- y la presencia de consejeros se limitar¨¢ a aquellas materias en las que las autonom¨ªas tienen competencias exclusivas.
Pero desde entonces las partes siguen sin ponerse de acuerdo sobre cu¨¢les son esas competencias. Seg¨²n el director general de Asuntos Europeos del Gobierno vasco, I?aki Rica, y el director general de Acci¨®n Exterior de la Generalitat, Joaquim Llimona, "por la falta de voluntad pol¨ªtica del Gobierno del PP". Seg¨²n la Administraci¨®n, porque "las autonom¨ªas nacionalistas se han dado cuenta de que la v¨ªa de las competencias exclusivas les impide reclamar su presencia en consejos de gran valor pol¨ªtico".
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