El juez archiva la querella de Jos¨¦ Luis Garci contra Pedro Costa
El magistrado Jos¨¦ Alfonso Tello, titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 23 de Barcelona, ha acordado el archivo de la querella presentada por Jos¨¦ Luis Garci contra Pedro Costa, quien denunci¨® irregularidades en la votaci¨®n para la decimotercera edici¨®n de los Premios Goya, celebrada el a?o pasado.En su querella, Jos¨¦ Luis Garci solicitaba a Pedro Costa una indemnizaci¨®n de 20 millones de pesetas. Seg¨²n la sentencia, "s¨®lo una lectura interesada" permite llegar a la conclusi¨®n de que el productor Pedro Costa imputaba de una manera directa al cineasta Jos¨¦ Luis Garci el pago de cuotas atrasadas correspondientes a socios de la Academia para que ¨¦stos pudieran emitir su voto. El texto se?ala que, en tales manifestaciones, que enturbiaron la pasada edici¨®n de los Premios Goya, "no puede negarse el tufo a sospecha", pero se?ala que tampoco puede decirse que "afirme categ¨®ricamente lo que pretende el querellante".
La causa de la querella, archivada al no ser considerada "constitutiva de infracci¨®n penal alguna", fueron unas declaraciones efectuadas por Pedro Costa y recogidas por diversos medios en las que se?alaba una posible "compra de votos" al aparecer unos regalos y unos cheques firmados por Nikel Ode¨®n -editora del director, quien compet¨ªa en los Goya con el filme El abuelo- con los que se pod¨ªan pagar las cuotas atrasadas de los socios de la Academia. La pol¨¦mica suscitada condujo a que Jose Luis Garci anunciara su dimisi¨®n de la Academia de Cine y no asistiera a la gala de entrega de los galardones, la primera tras la elecci¨®n de Aitana S¨¢nchez Gij¨®n como presidenta de esta instituci¨®n.
El magistrado considera que en la conducta de Pedro Costa, "al limitarse a solicitar de la Academia la adopci¨®n de medidas para el esclarecimiento y averiguaci¨®n de los hechos, puede concluirse que no se atisba el menor indicio de existencia de animus injurandi". Respecto de las manifestaciones relativas a regalos, la sentencia afirma que, en el supuesto de que fuera cierto su env¨ªo, "nunca podr¨ªan ser considerados constitutivos de delito".
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