La justicia chilena avanza en las investigaciones que implican a Pinochet
Juan Guzm¨¢n Tapia, el juez que tendr¨¢ la responsabilidad de procesar en Chile a Augusto Pinochet si el dictador vuelve a su pa¨ªs y los tribunales autorizan el desafuero, aprovecha los ¨²ltimos d¨ªas previos a las vacaciones de febrero para intensificar la investigaci¨®n. Ayer y anteayer someti¨® a extensos careos a tres altos oficiales detenidos y procesados por la llamada caravana de la muerte, la causa judicial que presenta mayores indicios de la implicaci¨®n directa de Pinochet en violaciones de derechos humanos durante la dictadura, y sobre la que se asentar¨¢ la petici¨®n del levantamiento de la inmunidad parlamentaria.
Los careos entre los procesados por la caravana de la muerte fueron ordenados por la Corte de Apelaciones de Santiago al objeto de aclarar diversas contradicciones en que incurrieron los inculpados.Se trata del primer careo y una de las diligencias m¨¢s relevantes que ha practicado Guzm¨¢n desde que hace dos a?os acept¨® a tr¨¢mite la primera de las 57 querellas criminales presentadas contra el militar golpista. El juez trata de agilizar las diligencias ante el previsible regreso a Chile de Pinochet, estiman los abogados querellantes.
En la sede del Comando de Telecomunicaciones del Ej¨¦rcito, el general Sergio Arellano Stark, jefe de la caravana de la muerte, y los coroneles Marcelo Mor¨¦n Brito y Sergio Arredondo Gonz¨¢lez fueron sentados frente a frente e interrogados de dos en dos por el magistrado. El juez tambi¨¦n tiene previsto someter a careo al brigadier Pedro Espinoza Bravo, exjefe operativo de la DINA (polic¨ªa pol¨ªtica de la dictadura) que recientemente cumpli¨® una condena a seis a?os de c¨¢rcel por el homicidio del excanciller Orlando Letelier, ocurrido en Washington en 1976. Espinoza fue trasladado el martes desde el penal de Punta Peuco al Comando de Telecomunicaciones, donde se halla en situaci¨®n de detenci¨®n preventiva.
En las declaraciones que constan en el sumario, el general Arellano descarga la responsabilidad de los hechos en sus subalternos, mientras que ¨¦stos acusan a sus superiores de dictar las ¨®rdenes.
Fuentes de los abogados querellantes calificaron la diligencia de Guzm¨¢n de gran importancia para el avance de la causa. "Habr¨¢ que repetir los careos para abrir una puerta a la verdad", se?alaron. Por ejemplo, en el sumario de la localidad de Cauquenes, donde fueron fusilados cuatro opositores a la Junta Militar, entre ellos Claudio Lav¨ªn (primo-hermano del excandidato presidencial de la derecha, Joaqu¨ªn Lav¨ªn), el brigadier Espinoza es acusado como testigo de los fusilamientos por Rub¨¦n Castillo, exjefe del Regimiento Andali¨¦n de Cauquenes. Espinoza declara que mientras se produc¨ªan los hechos ¨¦l se encontraba vestido de civil en la plaza del pueblo recabando la opini¨®n de la gente sobre el golpe militar.
Arellano, Arredondo, Mor¨¦n Brito y Espinoza est¨¢n procesados, junto a otros dos militares, como autores materiales de un delito de secuestro de 20 detenidos que fueron fusilados en distintos puntos del norte de Chile en un operativo represivo llevado a cabo en octubre de 1973, un mes despu¨¦s del golpe militar. Seg¨²n la acusaci¨®n, el n¨²mero de ejecutados por la siniestra comitiva asciende a 72. Los cuerpos de 20 de ellos no han aparecido nunca, por lo que el juez Guzm¨¢n califica el delito de secuestro permanente, que no prescribe ni queda cubierto por el decreto ley de amnist¨ªa de Pinochet, que exonera los cr¨ªmenes cometidos desde el golpe hasta el 10 de marzo de 1978.
El juez Guzm¨¢n considera que el exdictador podr¨ªa ser juzgado en Chile bas¨¢ndose en el art¨ªculo 274 del C¨®digo Penal, en concreto los apartados que se refieren a "que est¨¢ justificada la existencia del delito" y a la existencia de "presunciones fundadas de que ha tenido participaci¨®n en el delito". A Guzm¨¢n le corresponder¨ªa bastante m¨¢s que interrogar a Pinochet e instruir las querellas. De acuerdo a la legislaci¨®n chilena, en primera instancia el juez ejerce la funci¨®n de fiscal, ya que en dicha fase instruye, juzga y dicta sentencia. Dicho en otras palabras, el magistrado se pronuncia sobre su propia actuaci¨®n, lo que no puede considerarse muy ajustado a derecho, seg¨²n coinciden numerosos juristas chilenos.
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