Un requisito regulado en la ley de Medio Ambiente
La necesidad de los estudios de impacto ambiental figura expl¨ªcitamente en la primera ley de Medio Ambiente del Gobierno vasco, aprobada el 27 de febrero de 1998, que aument¨® de manera sustancial las obras sometidas a este requisito. La normativa aut¨®noma establece tres tipos de informes de impacto ambiental: el conjunto, destinado a planes y programas de ordenaci¨®n del territorio, los planes urban¨ªsticos municipales y normas subsidiarias; el individualizado, dirigido a infraestructuras de importancia, tipo en el que se encuadrar¨ªa la incineradora de Zabalgarbi, y el simplificado, para los proyectos de escasa entidad, pero que est¨¢n situados en zonas medioambientales sensibles.Pese a que cuando Zabalgarbi inici¨® los tr¨¢mites para la construcci¨®n de la incineradora la ley se encontraba a¨²n en tramitaci¨®n, la promotora de la incineradora decidi¨® la elaboraci¨®n del estudio de impacto ambiental. Entonces estaba vigente un decreto de 1986 del Gobierno central que obligaba a tener estos informes a entidades que gestionaban residuos, aunque quiz¨¢s pod¨ªa hab¨¦rsele aplicado a Zabalgarbi al tratarse de una infraestructura que producir¨¢ electricidad.
Los estudios de impacto ambiental, que sirven para evaluar los efectos sobre el medio ambiente de los planes y proyectos, deben ser elaborados por el promotor y, previamente a la concesi¨®n de la licencia de actividad de los municipios, el Gobierno vasco o las diputaciones deber¨¢n emitir un informe e imponer las medidas correctoras necesarias en el proyecto.
La ley vasca, al regularizar los estudios de impacto, se?ala en su art¨ªculo 45 que se deber¨¢ elaborar un inventario ambiental y una descripci¨®n de las interacciones medioambientales claves. Expertos del sector se?alan que "aunque la ley no indica exactamente lo que hay que hacer, el desarrollo procedimental debe suponer un estudio de todos los recursos ambientales, no s¨®lo naturales, entendiendo como ellos el suelo, calidad aire, aguas, etc¨¦tera".
Las fuentes consultadas se?alan que la realizaci¨®n de estos estudios con posterioridad al inicio de las obras -Zabalgarbi afirma que los har¨¢ un a?o y medio antes de la entrada en funcionamiento de la planta, como se establece en su plan de vigilancia ambiental- "puede incluirse dentro de la ley, porque eso es interpretaci¨®n del Gobierno. Si no se han visto par¨¢metros de contaminaci¨®n significativos, es posible que se remita a su realizaci¨®n en un plan de vigilancia ambiental".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Legislaci¨®n ambiental
- Subsidio paro
- Incineradoras basura
- Impacto ambiental
- Instalaciones residuos
- Bilbao
- Desempleo
- Residuos
- Bizkaia
- Pol¨ªtica ambiental
- Limpieza urbana
- Saneamiento
- Pa¨ªs Vasco
- Salud p¨²blica
- Empleo
- Ayuntamientos
- Pol¨ªtica sanitaria
- Protecci¨®n ambiental
- Equipamiento urbano
- Problemas ambientales
- Administraci¨®n local
- Sanidad
- Urbanismo
- Legislaci¨®n
- Justicia