El fiscal Luz¨®n pide el indulto de Lia?o ante el "clamor popular" y aunque no se arrepienta
El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Jos¨¦ Mar¨ªa Luz¨®n, ha emitido un informe en el que pide el indulto total y la reintegraci¨®n a la carrera judicial del ex juez Javier G¨®mez de Lia?o, expulsado hace cinco meses de la judicatura por un delito continuado de prevaricaci¨®n en la instrucci¨®n del caso Sogecable. Luz¨®n justifica su solicitud en "el tiempo transcurrido de inhabilitaci¨®n" y en "el clamor popular favorable al mismo [al indulto]". As¨ª, ni siquiera considera exigible que el penado "muestre su arrepentimiento".
Jos¨¦ Mar¨ªa Luz¨®n manifiesta en el informe en el que pide el indulto de Javier G¨®mez de Lia?o que ha tenido en cuenta "el relato de hechos y fundamentos de la sentencia condenatoria, sin poder olvidar el contenido del voto particular que a la misma acompa?a", as¨ª como "la notoria trayectoria profesional del solicitante", si bien reconoce que no se ha aportado "informe de conducta". Adem¨¢s, aduce el "tiempo transcurrido de inhabilitaci¨®n", cuando Lia?o lleva cumplidos menos de dos a?os (654 d¨ªas) de su condena de 15 por prevaricaci¨®n (dictar a sabiendas resoluciones injustas), que finaliza el 14 de junio de 2013. Luz¨®n apela tambi¨¦n a "razones de equidad", aunque no dice cu¨¢les, que aconsejan el indulto y agrega a ellas "el clamor popular favorable" al mismo puesto de manifiesto en "innumerables escritos y telegramas dirigidos desde diversas ciudades y por numerosas personas" -tampoco dice cu¨¢ntas- "que podr¨ªan quiz¨¢s contemplarse desde el vago concepto de utilidad p¨²blica" previsto en el art¨ªculo 11 de la Ley de Indulto.
Por lo que se refiere a las "muestras de arrepentimiento", Luz¨®n dice que ha de considerarse "la peculiaridad de los hechos objeto de condena", en los que "el penado ha mantenido en todo momento su buena fe" y "la absoluta creencia de estar actuando legalmente". "De modo que desde otra perspectiva", prosigue, "no es exigible que muestre su arrepentimiento".
El fiscal a?ade que Lia?o admite que en los hechos enjuiciados, el caso Sogecable, "sus resoluciones pudieron ser err¨®neas y que, sin duda, se habr¨¢ equivocado tambi¨¦n en otras ocasiones". Pero Luz¨®n concluye que "lo que realiza no es [una] petici¨®n de justicia, sino de gracia, con solicitud de magnanimidad".
Tambi¨¦n recuerda el fiscal que la ley prev¨¦ la imposici¨®n al penado de las condiciones que la justicia, la equidad o la utilidad p¨²blica aconsejen. "En tal sentido, vistos a trav¨¦s del juicio oral los graves enfrentamientos, enemistades y amistades suscitadas y existentes en la Audiencia Nacional", dice, "podr¨ªa considerarse de utilidad p¨²blica establecer como condici¨®n en la concesi¨®n del indulto la de no desempe?ar cargo en la Audiencia ni en juzgado (...) de la misma".
Respecto a la multa impuesta a Lia?o -540.000 pesetas, pagadas con los fondos de una colecta p¨²blica promovida por el coordinador general de IU, Julio Anguita-, el fiscal la considera "cumplida", por lo que "no parecen existir razones" que aconsejen hacer uso de la posibilidad excepcional de su devoluci¨®n.
Luz¨®n dedica el resto de su informe a combatir el dictamen contrario a la gracia emitido por los querellantes del caso Sogecable como parte agraviada.
Su argumento central es tratar de demostrar que la p¨¦rdida del cargo de juez por parte de Lia?o no es irreparable, "como la afortunadamente excluida de nuestro ordenamiento jur¨ªdico pena de muerte". Luz¨®n entiende, por el contrario, que si la privaci¨®n del cargo no es susceptible de indulto "se frustrar¨ªa la finalidad perseguida con la solicitud".
Lia?o fue condenado por prevaricaci¨®n continuada por "abrir en falso el caso Sogecable" y "erigir su convicci¨®n en ley". El juez discrepante de la sentencia condenatoria le cre¨ªa "honesto", aunque "pudiendo parecer como iluminado" e incluso "empecinado", seg¨²n le defini¨® Luz¨®n en el juicio.
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