La batalla de fondo entre la UE y Estados Unidos
M¨¢s all¨¢ de las campa?as ecologistas y de la preocupaci¨®n de los consumidores, la pol¨¦mica de los transg¨¦nicos tiene tambi¨¦n un ¨¢ngulo de batalla comercial entre la Uni¨®n Europea y Estados Unidos. Las grandes empresas biotecnol¨®gicas estadounidenses han sido las grandes impulsoras de la modificaci¨®n gen¨¦tica para usos agr¨ªcolas. Y Bruselas ha sido y sigue siendo el mayor freno internacional para su distribuci¨®n y comercializaci¨®n.La ¨²ltima vuelta de tuerca tuvo lugar el pasado d¨ªa 12, cuando el Parlamento Europeo propuso la eliminaci¨®n gradual de las semillas transg¨¦nicas m¨¢s comunes hasta ahora, que contienen, por razones t¨¦cnicas, un gen que confiere resistencia a los antibi¨®ticos, por temor a que estas plantas pudieran agravar el problema de las infecciones hospitalarias que no responden a esos f¨¢rmacos.
Moratoria 'de facto'
Adem¨¢s, la UE tiene impuesta una moratoria de facto por la que no autoriza de momento ninguna nueva variedad transg¨¦nica, con independencia de que existan o no dudas sobre sus riesgos para la salud y el medio ambiente.
Las semillas transg¨¦nicas son la principal causa de que la UE haya empezado a aplicar en las negociaciones internacionales el llamado "principio de precauci¨®n", por el que un pa¨ªs puede rechazar una importaci¨®n de organismos gen¨¦ticamente modificados aduciendo meras dudas sobre su seguridad, no ya evidencias cient¨ªficamente s¨®lidas acerca de sus riesgos.
La primera plasmaci¨®n de ese principio tuvo lugar el pasado mes de enero con la firma por 130 pa¨ªses en Montreal (Canad¨¢) del llamado Protocolo de Bioseguridad, que impone ciertas restricciones al comercio internacional de transg¨¦nicos. Estados Unidos se resisti¨® hasta el ¨²ltimo momento a que los cargamentos de semillas transg¨¦nicas pudieran rechazarse sin aportar evidencias cient¨ªficas de sus riesgos y, de hecho, sus negociadores introdujeron una cl¨¢usula que especifica que el Protocolo de Bioseguridad no prevalece sobre los tratados internacionales de libre comercio.
En la pr¨¢ctica, esa cl¨¢usula deja la resoluci¨®n del problema en manos de la Organizaci¨®n Mundial de Comercio (OMC). Cuando un pa¨ªs rechace una importaci¨®n de semillas transg¨¦nicas, el pa¨ªs exportador podr¨¢ denunciarle ante la OMC por incumplir los acuerdos que haya suscrito sobre libre comercio, y ser¨¢ la propia OMC la que tenga que decidir si las dudas presentadas por el importador justifican o no sus precauciones.
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