El Tribunal Supremo fuerza en una sentencia la aplicaci¨®n anticipada de la ley del menor El tribunal pide medidas alternativas a la c¨¢rcel para un adolescente condenado a 21 meses
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, aun reconociendo la correcci¨®n legal de la condena a 21 meses de c¨¢rcel impuesta a un joven de 17 a?os, se ha pronunciado por que se le sustituya la pena de prisi¨®n por medidas alternativas como las que prev¨¦ para los menores de 18 a?os la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, que entrar¨¢ en vigor el 14 de enero de 2001. Para ello, sin modificar la condena por robo con intimidaci¨®n y uso de arma, propone que, al ejecutar la sentencia, se recabe un informe psicol¨®gico, educativo y familiar del menor.
La sentencia condenatoria que dict¨® en 1998 la Audiencia Provincial de Huelva declar¨® probado que, dos a?os antes, J.A.V.R., de 17 a?os, "abord¨®, como en otras tantas ocasiones", a un ni?o de 15 a?os, a quien, como otras veces, "le pidi¨® dinero, pero esta vez le conmin¨® a que le diera el dinero que llevara coloc¨¢ndole una navaja en el costado". Esa conducta "determin¨®", dice la sentencia, que el muchacho, "asustado, le entregara 200 pesetas".La condena por el delito de robo con intimidaci¨®n y uso de arma fue recurrida ante el Supremo, que declar¨® no haber lugar al recurso de casaci¨®n, ya que la Audiencia de Huelva tuvo en cuenta la circunstancia atenuante de minor¨ªa de edad y rebaj¨® la pena aplicable a un a?o y nueve meses de prisi¨®n.
Sustituci¨®n de la pena
Sin embargo, el Supremo, en su sentencia de 14 de abril ¨²ltimo, de la que ha sido ponente Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, avanza un paso m¨¢s y considera que, una vez firme la condena, al ejecutarla se puede sustituir la pena de c¨¢rcel por alguna medida alternativa como "la sustituci¨®n por internamiento en centro de menores", que figura en la Ley Penal del Menor de 12 de enero de 2000 y que entrar¨¢ en vigor el a?o que viene.
El recurrente invoc¨® que la Audiencia de Huelva no aplic¨® la disposici¨®n transitoria 12? del vigente C¨®digo Penal, que establece que, hasta la vigencia de la ley penal del menor -que aplica la mayor¨ªa de edad penal a los 18 a?os-, en los procedimientos penales contra menores el tribunal "requerir¨¢ a los equipos t¨¦cnicos que est¨¢n al servicio de los jueces de menores la elaboraci¨®n de un informe sobre la situaci¨®n psicol¨®gica, educativa y familiar del menor, as¨ª como sobre su entorno social y, en general, sobre cualquier otra circunstancia que pueda haber influido en el hecho que se le imputa".
El Supremo considera que ese informe, especialmente indicado en "un menor conflictivo" como el condenado, todav¨ªa puede tenerse en cuenta en la ejecuci¨®n de la condena, para "optar por medidas alternativas a la prisi¨®n", de modo que el afectado no resulte perjudicado por la tardanza en aplicar la mayor¨ªa penal a los 18 a?os.
Una espera demasiado larga
Desde que el C¨®digo Penal de 1995 estableci¨® que "los menores de 18 a?os no ser¨¢n responsables criminalmente, con arreglo a este c¨®digo", hasta que el 14 de enero de 2001 entre en vigor la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, transcurre demasiado tiempo, por lo que sentencias como la del Tribunal Supremo, que anticipan la efectividad de la edad penal a los 18 a?os, son saludadas positivamente por los juristas y expertos.
Frente al escas¨ªsimo uso que hacen los tribunales de la disposici¨®n transitoria del C¨®digo Penal que permite recabar el informe psicol¨®gico-educativo sobre el menor, la sentencia del Supremo utiliza tal disposici¨®n para proponer que dicho informe permita "realizar una evaluaci¨®n del menor", de modo que "su contenido sea una base determinante para suspender la ejecuci¨®n de la pena privativa de libertad y sustituirla por alguna medida alternativa".
Las medidas que la ley penal del menor permite imponer a j¨®venes de entre 14 y 18 a?os no pueden superar los dos a?os de internamiento en centro cerrado y cinco a?os para delitos de extrema gravedad. La gran mayor¨ªa son medidas alternativas en libertad.
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