El Constitucional deniega el amparo a Campmany y '?poca' por lesi¨®n al honor
El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo al director de la revista ?poca, Jaime Campmany, al articulista Juan Carlos Sanz de Ayala y a la editora Difusora de Informaci¨®n Peri¨®dica, contra una sentencia del Tribunal Supremo que les conden¨® a indemnizar solidariamente con tres millones de pesetas a Mar¨ªa ?ngela A. T., persona sin notoriedad p¨²blica mencionada en un reportaje titulado Falcon Crest socialista en Almer¨ªa, s¨®lo por haber mantenido una relaci¨®n sentimental con uno de los protagonistas del relato.El Tribunal Constitucional expone que cuando una informaci¨®n tiene por objeto a una persona que carece de notoriedad p¨²blica, y especialmente si se refiere a su vida privada, el periodista debe demostrar que lo que se dice de la misma es "imprescindible" para la noticia o la cr¨ªtica.
El reportaje se refer¨ªa al ex vicepresidente del Gobierno Alfonso Guerra y determinados altos cargos de su entorno y relataba unos hechos ocurridos en la localidad de Moj¨¢car (Almer¨ªa) en relaci¨®n con el notable despegue econ¨®mico del padre de la demandante, quien hab¨ªa establecido relaciones con algunos de ellos.
En un apartado del art¨ªculo, bajo el t¨ªtulo Prendada y pre?ada, se hac¨ªa referencia a la demandante y a sus relaciones con el secretario personal del entonces vicepresidente del Ejecutivo, Alfonso Guerra, de las que naci¨® un hijo.
Esos hechos, seg¨²n el Constitucional, eran "irrelevantes en relaci¨®n con el contexto y la finalidad del reportaje" por lo que resultaba innecesaria su inclusi¨®n". El reportaje se extend¨ªa en conjeturas y expresiones que "suponen, en verdad, una vejaci¨®n de la se?ora A. T., dados los t¨¦rminos que se han empleado para la comunicaci¨®n de unos hechos privados que son irrelevantes a la vista del objeto de la noticia".
La sentencia del Constitucional explica que "la irrelevancia de los hechos, la forma sarc¨¢stica en que se narra la relaci¨®n sentimental, las referencias a las expectativas que gener¨® y sus consecuencias y su apostilla con ciertas expresiones aparentemente as¨¦pticas, pero que pueden resultar hirientes y humillantes para quien ve revelada de esa manera y en esos t¨¦rminos su vida privada, suma a ese apartado del reportaje period¨ªstico un resultado vejatorio, que atenta contra la dignidad de la mentada, da?ando su imagen social y afectando a su reputaci¨®n y su buen nombre, lo que constituye una incuestionable lesi¨®n del derecho al honor". El Tribunal Constitucional finaliza desestimando el recurso de amparo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.