El alcalde de Pego decreta en tres a?os pagos irregulares por importe de 200 millones de pesetas
Al menos desde 1998, el alcalde de Pego ha ordenado por decreto decenas de pagos correspondientes a obras o servicios girados al Ayuntamiento, horas extraordinarias de funcionarios por encima de lo permitido y subvenciones a entidades locales, contrarios a las leyes en vigor por irregularidades de forma y de fondo, y pese a la advertencia previa, siempre por escrito, del interventor municipal. El independiente Carlos Pascual se ha acogido siempre a su potestad como alcalde para afrontar gastos que han alcanzado los 200 millones de pesetas.
Gobernar por decreto. Esa parece la f¨®rmula que ha decidido adoptar el alcalde de Pego, Carlos Pascual Sastre, para superar los reparos y advertencias de ilegalidad que le transmite su interventor municipal cada vez que le llega una orden de pago que presenta irregularidades de forma o de fondo. Al menos eso es lo que constatan los 53 expedientes administrativos a los que ha tenido acceso EL PA?S, referidos a los a?os 1998, 1999 y el primer cuatrimestre de 2000.En esas ocasiones, el interventor, Alberto J. Roche, ha hecho constar violaciones del articulado de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley de Contratos de las Administraciones P¨²blicas, diversos reales decretos y hasta el Estatuto de los Trabajadores. En todos los casos, y por lo general el mismo d¨ªa en que el interventor informa de las irregularidades, el alcalde ha firmado posteriormente un decreto en el que se da por enterado de las advertencias del t¨¦cnico y apela a las potestades que le concede la ley que regula el funcionamiento de las corporaciones locales para aprobar el gasto cuestionado, ordenar el pago si las arcas tienen liquidez o, en caso contrario, certificar un reconocimiento expreso de la obligaci¨®n de pago por parte del Ayuntamiento en beneficio del emisor de las facturas.
Un campo 'mimado'
Los pagos ordenados por Carlos Pascual pese a los informes contrarios del interventor abarcan una gama de obras y servicios tan variada como las irregularidades detectadas por el alto funcionario. Destaca, sin embargo, el suministro de materiales, maquinaria y obras de alba?iler¨ªa y jardiner¨ªa ejecutadas en el campo municipal de f¨²tbol, que s¨®lo en 1998 superaron los 90 millones de pesetas. Esa instalaci¨®n p¨²blica es especialmente mimada por el mun¨ªcipe, quiz¨¢s porque coincide que es presidente del equipo local de f¨²tbol, mientras su esposa (tambi¨¦n concejal y primer teniente de alcalde, por el partido Iniciativa Independiente) ocupa la vicepresidencia del club.
Facturas a mano, falta del preceptivo expediente de contrataci¨®n, importes de obras y suministros que superan la cantidad m¨¢xima para ser considerado un contrato menor -lo que exige por ley un procedimiento administrativo distinto al ejecutado-, inexistencia de contrato previo, justificaci¨®n, memoria y autorizaci¨®n para las obras, o falta de consignaci¨®n presupuestaria, son algunas de las anomal¨ªas que figuran en las decenas de informes del interventor. En algunos casos se da una circunstancia que da cuenta de una actuaci¨®n desp¨®tica: las ¨®rdenes de pago decretadas por el alcalde se tramitan con anterioridad a la emisi¨®n de las facturas, de forma que ¨¦stas se cobran el mismo d¨ªa que la empresa las presenta.
Dos de los 53 expedientes consultados hacen referencia a subvenciones concedidas a sendas entidades festeras. En ambos casos, ni la Penya els Carreters ni la Junta Central de Moros y Cristianos de Pego aportan las facturas que acrediten los gastos que deb¨ªa sufragar el Ayuntamiento v¨ªa convenio. Se limita el expediente a una relaci¨®n, a m¨¢quina, de compra de materiales, comidas, cenas y aperitivos sellada por las agrupaciones festeras. Pese a que el procedimiento no cumpl¨ªa con las cl¨¢usulas del convenio y esos gastos no pudieron ser revisados y fiscalizados por la Intervenci¨®n, el alcalde orden¨® ambos pagos, por decreto, en junio de 1998, por importe superior a los cuatro millones.
Otros gastos cuestionados por el interventor son obras de acondicionamiento en los colegios p¨²blicos Carolina Sala y Cervantes, inversiones que en opini¨®n del t¨¦cnico corresponder¨ªa ejecutar a la Generalitat, y no al Ayuntamiento.
Horas extraordinarias
El pago de horas extraordinarias a trabajadores municipales muy por encima de los topes que impone la Ley del Estatuto de los Trabajadores es otra cuesti¨®n en la que ha incidido en diversas ocasiones, al menos desde 1998, el interventor municipal. Esa ley limita las horas extras que puede realizar el personal laboral de los ayuntamientos en 80 anuales, salvo excepciones, a la baja, vinculadas a la duraci¨®n del contrato. Pese a ello, Carlos Pascual ha dado el visto bueno al pago de pluses por cientos de horas trabajadas por algunos contratados. De los expedientes consultados, destaca el visto bueno a las 150 horas extras que una trabajadora gir¨® en el plazo de 35 d¨ªas, algo que adem¨¢s de estar prohibido arroja una incre¨ªble media que supera las cuatro horas extraordinarias diarias trabajadas fuera de horario, s¨¢bados y festivos incluidos.
A vueltas con el parque natural
El parque natural de la Marjal de Pego-Oliva no pod¨ªa escapar de las obras contratadas por el alcalde Carlos Pascual que no se ajustan a las leyes en vigor. El 3 de septiembre de 1998, se registr¨® en el ayuntamiento pegolino una certificaci¨®n de obra, girada por la mercantil Ruzafa SL, por importe de 7.079.434 pesetas, correspondiente a trabajos de la tercera fase de un programa de apertura de canales y desag¨¹es en el humedal.Ese mismo d¨ªa, la actividad administrativa por este caso registrada en las dependencias municipales fue fren¨¦tica. El interventor emiti¨® su informe de rigor, en cuyas consideraciones jur¨ªdicas especifica que "no consta" la tramitaci¨®n del expediente de contrataci¨®n de los trabajos, como exige la Ley de Contratos de las Administraciones P¨²blicas, y que, m¨¢s all¨¢, tampoco existe contrato alguno, ni la preceptiva fianza que deb¨ªa depositar la adjudicataria. El t¨¦cnico tambi¨¦n hace notar que, dado que no figura plano que delimite su ¨¢mbito de actuaci¨®n, las obras se han ejecutado dentro del parque natural "sin que conste" permiso de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente, necesario seg¨²n la Ley de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana.
Tambi¨¦n el 3 de septiembre, el arquitecto municipal emiti¨® un certificado en el que da el visto bueno a la obra ejecutada y a la certificaci¨®n emitida por la empresa. El mismo d¨ªa, alcalde, arquitecto y empresarios firman el acta de replanteo de la obra, y, por ¨²ltimo, Carlos Pascual resuelve, con su habitual decreto, aprobar el gasto y reconocer la obligaci¨®n de pago a favor de Ruzafa SL.
Este ¨²ltimo documento tambi¨¦n aporta una curiosidad. El mun¨ªcipe hace constar en su decreto que en la tramitaci¨®n se ha estudiado tambi¨¦n un informe del bi¨®logo municipal, en el sentido de que las obras benefician a la fauna y flora de la Marjal porque elimina las aguas estancadas y permite su regeneraci¨®n. La curiosidad estriba en que ese informe del bi¨®logo al que hace referencia el alcalde est¨¢ fechado cuatro d¨ªas despu¨¦s del decreto, el 7 de septiembre.
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