Condenado un colegio por el intento de suicidio de una alumna
El Tribunal Supremo ha condenado a un colegio de Barcelona a indemnizar con 10 millones de pesetas a una alumna que intent¨® suicidarse lanz¨¢ndose por la ventana de su aula, en el s¨¦ptimo piso. La sentencia recuerda que "no puede exigirse a los menores el mismo grado de madurez en su actuar que a una persona adulta", por lo que si las ventanas del colegio hubieran tenido rejas "el suceso hubiese podido ser evitado". El 30 de abril de 1991, Pilar M. A., de 12 a?os de edad, estaba en clase de pl¨¢stica en una aula de la s¨¦ptima planta del colegio. La alumna abri¨® una de las ventanas, se subi¨® a su pupitre y de ah¨ª al alf¨¦izar de la ventana, desde donde se arroj¨® al vac¨ªo. La ni?a cay¨® sobre una terraza del primer piso y sufri¨® lesiones grav¨ªsimas. El padre de la menor demand¨® al colegio y a la profesora de la ni?a y pidi¨® una indemnizaci¨®n de 20 millones de pesetas. El juez de lo penal, como la Audiencia de Barcelona, fijaron la indemnizaci¨®n en 10 millones y absolvieron a la maestra.
Para el colegio, no se produjo situaci¨®n de riesgo o peligro, ya que la ni?a se lanz¨® por la ventana "por propia voluntad", lo que convierte el suceso en "imprevisible e inevitable". Ahora, el Tribunal Supremo se?ala que el colegio no hab¨ªa seguido las normas de la Generalitat, que establecen que no debe haber nada bajo las ventanas a lo que el ni?o pueda subirse.
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