El 90% de los establecimientos andaluces tiene ya libertad total para fijar su horario comercial
El coordinador regional de IU, Antonio Romero, envi¨® ayer una carta al presidente de la Junta, Manuel Chaves, en la que le pide que presente un recurso de inconstitucionalidad al decreto ley del Gobierno central de horarios comerciales. Fuentes del Ejecutivo andaluz precisaron que la nueva regulaci¨®n estatal ha venido a desplazar la legislaci¨®n auton¨®mica, al ser una norma b¨¢sica de aplicaci¨®n directa. El decreto autoriza desde el pasado 25 de junio la libertad total de horarios para los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados, que en Andaluc¨ªa son el 90% de los comercios.
La Junta de Andaluc¨ªa estudia las posibilidades jur¨ªdicas de mantener su regulaci¨®n y, en caso contrario, baraja la impugnaci¨®n de la norma estatal por conflicto de competencias.Fuentes consultadas del Ejecutivo andaluz precisaron que el decreto ley del Ejecutivo central ha venido a desplazar la legislaci¨®n andaluza, al ser una norma b¨¢sica de aplicaci¨®n directa, que vac¨ªa de contenidos las competencias de las comunidades aut¨®nomas. La ley de Comercio Interior de Andaluc¨ªa autoriza un horario semanal m¨¢ximo, en d¨ªas laborales, de 72 horas, y tambi¨¦n un m¨¢ximo de ocho d¨ªas al a?o de domingos y festivos.
El decreto ley establece un m¨ªnimo de 90 horas semanales en d¨ªas laborales (una media de 15 horas diarias) y el incremento anual progresivo hasta 12 d¨ªas de festivos y domingos. Estas bases agotan pr¨¢cticamente la capacidad de regulaci¨®n de la comunidad aut¨®noma, a la que s¨®lo le resta margen para establecer la libertad absoluta de los horarios.
Pero aqu¨ª tambi¨¦n se plantea un conflicto. Aunque se dice que la liberalizaci¨®n de horarios no ser¨¢ de aplicaci¨®n hasta que el Gobierno central, conjuntamente con los Ejecutivos regionales, as¨ª lo decidan para sus correspondientes territorios (como prescribe la ley org¨¢nica de 1996), no antes de 2005, se introduce una excepci¨®n. La salvedad es que los establecimientos de superficie ¨²til inferior a 300 metros cuadrados podr¨¢n determinar los d¨ªas y las horas en las que estar¨¢n abiertos al p¨²blico. Esto, en la pr¨¢ctica, significa que desde el pasado 25 de junio el 90% de los comercios de Andaluc¨ªa tienen libertad de horarios, seg¨²n los datos que se desprenden de un estudio del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda de 1999. Es decir, la excepci¨®n se convierte en Andaluc¨ªa en regla general.
En consecuencia, el Gobierno andaluz opina que la nueva regulaci¨®n, de hecho, ha vaciado de contenido la competencia auton¨®mica de comercio interior, cuando la doctrina del Tribunal Constitucional sostiene que las bases estatales han de permitir el pleno ejercicio de las competencias auton¨®micas, incorporando opciones pol¨ªticas propias. Adem¨¢s, por la v¨ªa de la excepci¨®n (superficies inferiores a 300 metros cuadrados) se ha obviado la exigencia de que exista un acuerdo entre los dos Gobiernos para otorgar la libertad de horarios.
Las estad¨ªsticas m¨¢s recientes registran unos 150.000 establecimientos minoristas en Andaluc¨ªa, que emplean a m¨¢s de 300.000 trabajadores y aportan el 15% del PIB de la comunidad, con un volumen de negocio de dos billones de pesetas.
En conferencia de prensa, Antonio Romero afirm¨® que el Gobierno central ha invadido competencias, con una norma que hace un "da?o enorme" a los peque?os y medianos comerciantes. En la carta al presidente de la Junta, remitida ayer mismo, el coordinador de IU afirma que su grupo parlamentario se hace eco de la "alarma y desasosiego" de este sector y de los sindicatos, y le solicita que estudie la interposici¨®n de un recurso de inconstitucionalidad en defensa del Estatuto de Autonom¨ªa.
Romero explic¨® que -una vez finalizado el periodo de sesiones parlamentario, que se reanudar¨¢ en septiembre- ¨²nicamente el Gobierno andaluz tiene la facultad de plantear este tipo de recurso, y record¨® que todos los grupos del Parlamento catal¨¢n, menos el PP, han solicitado a la Mesa de esta C¨¢mara un dictamen del Consejo Consultivo sobre la constitucionalidad de la liberalizaci¨®n de horarios.
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