Una sentencia del TSJ confirma que el IVAM queda exento del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
El Ayuntamiento de Valencia, que dirige Rita Barber¨¢ (del PP), no podr¨¢ cobrarle a la Generalitat el Impuesto sobre Bienes Inmuebles por el edificio que ocupa el Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM), situado en el n¨²mero 122 de la calle de Guillem de Castro. As¨ª lo ha determinado una sentencia dictada por la seci¨®n primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que se opone a las pretensiones del Consistorio de gravar al IVAM con este impuesto.
El tribunal considera que la Ley Reguladora de Haciendas Locales exime de pagar este tributo a los edificios que "sean propiedad del Estado, de las comunidades aut¨®nomas o de las entidades locales, y est¨¦n directamente afectos a la defensa nacional, seguridad ciudadana y a los servicios educativos".
As¨ª, el tribunal entiende que el IVAM cumple un servicio de car¨¢cter educativo en la medida en que "dicho instituto, es un instrumento de transmisi¨®n de contenidos necesarios para el aprendizaje en una materia de tanta importancia para el desarrollo de la personalidad como es el arte, ya que el objeto de la educaci¨®n es la formaci¨®n integral de la persona".
El Ayuntamiento de Valencia reclamaba el pago de dicho impuesto al Instituto Valenciano de Arte Moderno, cuyo nuevo director es Kosme de Bara?ano, por el ejercicio del a?o 1996. El Consistorio ya lo intent¨® con anterioridad al pasar factura por el impuesto correspondiente a 1995. Tambi¨¦n en aquella ocasi¨®n el tribunal, despu¨¦s de examinar la Ley de Haciendas Locales, el art¨ªculo 59.3 de la Ley de Patrimonio Hist¨®rico y la Ley de creaci¨®n del Instituto Valenciano de Arte Moderno, dict¨® una sentencia contra las pretensiones de la hacienda local de la ciudad de Valencia.
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