Bruselas investiga a Visa por permitir que los bancos pacten la comisi¨®n por usar sus tarjetas
La Comisi¨®n Europea ha enviado a Visa un pliego de cargos en el que cuestiona las tasas que los bancos cobran a los comercios que utilizan los servicios del dinero de pl¨¢stico. Hasta ahora, el banco que presta el servicio de Visa a un comercio abona a su vez una tasa al banco que es titular de la tarjeta con la que el cliente paga en la tienda. Bruselas, que act¨²a tras una denuncia de los comercios minoristas, ha detectado que el banco pagador repercute despu¨¦s esa tasa al comercio que es su cliente, por lo que ha decidido investigar. La UE cree que la tasa supone un acuerdo colectivo sobre precios que restringe la competencia.
La investigaci¨®n abierta por la Comisi¨®n Europea se realiza a instancia de Eurocommerce, una asociaci¨®n que representa a los establecimientos comerciales minoristas europeos, que se quej¨® formalmente ante Bruselas por las normas sobre las tasas de intercambio de Visa y otros sistemas de tarjeta de pago.La Comisi¨®n inform¨® ayer sobre el env¨ªo de un pliego de cargos, primer paso en la apertura de una investigaci¨®n, a Visa Internacional en relaci¨®n a su tasa de intercambio por considerar que representa un "acuerdo colectivo restrictivo en materia de precios". El importe es fijado por Visa International y responde a un acuerdo entre los bancos afiliados a Visa.
La llamada "tasa de intercambio" es una cantidad que paga el banco del establecimiento comercial por cada transacci¨®n al banco del titular de la tarjeta. Es, pues, una tasa interbancaria que, en la pr¨¢ctica, de forma indirecta paga el comerciante y puede acabar repercutiendo en el precio final de los productos del establecimiento.
No obstante, Bruselas considera adecuado el sistema de tarjetas de pago de la compa?¨ªa, especialmente la denominada norma de "no discriminaci¨®n", que proh¨ªbe a los establecimientos comerciales cobrar a los clientes un recargo por pagar con tarjeta.
En la nota difundida ayer, la Comisi¨®n entiende que la tasa de intercambio representa un acuerdo colectivo sobre precios que restringe la competencia y subraya que Visa no ha alegado hasta ahora ninguna raz¨®n convincente para el mantenimiento de este sistema ya que, como tambi¨¦n han se?alado los comerciantes, otros sistemas de tarjeta de pago como ec-Karte en Alemania, pueden funcionar sin este tipo de tasas.
La portavoz del comisario de la Competencia, Mario Monti, considera que este asunto es vital para los comerciantes, que no pretenden cargar dicha tasa al consumidor; sino, al menos, lograr una rebaja, dado que supone un importante desembolso para ellos. "Las empresas de tarjetas de pago y los bancos no deber¨ªan forzar a los comercios a correr con los gastos de las transacciones", opina la Comisi¨®n, que ha invitado a Visa a formular sus observaciones y que pretende tomar una decisi¨®n definitiva al respecto en el primer semestre del pr¨®ximo a?o.
Para Visa es una tasa l¨®gica, ya que es esta compa?¨ªa, a trav¨¦s de los bancos, la que instala las terminales en los puntos de venta y las conexiones, entre otras cosas. "Todo eso vale un dinero que hay que recuperar", comentaron ayer en la compa?¨ªa. Una tasa, en definitiva que le cuesta al comerciante alrededor del 1,5% del total de la venta. Seg¨²n datos de la Comisi¨®n, la tasa de intercambio representa alrededor del 80% del importe abonado por el establecimiento comercial a su banco cada vez que acepta el pago con tarjeta Visa. Anoche Visa anunci¨® que invertir¨¢ 28.500 millones de pesetas hasta 2005 para sustituir la banda magn¨¦tica de sus tarjetas de cr¨¦dito por un microprocesador.
Mientras resuelve la investigaci¨®n, la UE se dispone a dar por buena la denominada norma de no discriminaci¨®n. La asociaci¨®n de peque?os comerciantes minoristas Eurocommerc consideraba que con dicha norma los peque?os establecimientos se ve¨ªan en la necesidad de abonar la tarifa (hasta el 4% de la compra) frente a los grandes, que tienen mayor margen para negociar descuentos. Suecia y Holanda han suprimido la norma de no discriminaci¨®n tras la intervenci¨®n de las autoridades nacionales de competencia. En Espa?a se aplica siempre la no discriminaci¨®n y en el Reino Unido est¨¢ considerada anticonstitucional.
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