Los jueces creen que la ley actual basta para garantizar el cumplimiento ¨ªntegro de las penas
Los penalistas opinan que la cadena perpetua no tendr¨ªa efectos intimidatorios sobre los etarras
Sin posibilidad de redenci¨®n
La reintroducci¨®n de lo que se conoce como "cadena perpetua" no parece posible por su colisi¨®n con los fines de reeducaci¨®n y resocializaci¨®n del delincuente previstos en el art¨ªculo 25.2 de la Constituci¨®n. Habr¨ªa de ser una cadena perpetua de corte actual, al estilo de los pa¨ªses europeos en los que est¨¢ implantada, a los que Espa?a, en la concesi¨®n de extradiciones, pone como condici¨®n para la entrega que, de imponerse la pena de cadena perpetua, ¨¦sta "no suponga indefectiblemente prisi¨®n de por vida". Los penalistas aseguran que con el actual C¨®digo Penal a los terroristas de ETA se les pueden imponer los 30 a?os de cumplimiento efectivo en prisi¨®n, lo que no difiere mucho de las cadenas perpetuas de los pa¨ªses del entorno europeo.La escalada terrorista ha propiciado un debate que est¨¢ m¨¢s en la calle que en instancias pol¨ªticas y judiciales. Por m¨¢s que alg¨²n juez, como el instructor de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco, el de las "dos hostias" al etarra Harriet Iragi, haya puesto el dedo en la llaga ciudadana: "Con las leyes que hay y ejecutando sentencias no se est¨¢ consiguiendo nada. Yo he dado la libertad condicional a gente de ETA que llevaba 20 a?os sin salir, porque se niegan a pedir permisos de salida. Han pasado 20 a?os y la violencia sigue, la dinamita sigue. ?Cumplimiento ¨ªntegro, endurecimiento? No lo s¨¦. Quien tenga una soluci¨®n razonable, que la ponga en pr¨¢ctica. Algo hay que hacer. Esta locura tiene que terminar".
20 a?os de promedio
Desde otra perspectiva, Jos¨¦ Ricardo de Prada Solaesa, magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, asegura que "con el actual C¨®digo Penal, que hace posible el cumplimiento de hasta 30 a?os de prisi¨®n, es m¨¢s que suficiente".
El C¨®digo Penal de 1995 no ofrece posibilidades de redenci¨®n. Sin embargo, a los integrantes de los comandos desarticulados en los a?os 80 o los etarras juzgados por delitos cometidos con anterioridad a 1995, se les aplica el viejo C¨®digo Penal, que tambi¨¦n contemplaba un m¨¢ximo de 30 a?os de cumplimiento, pero de los que hab¨ªa que deducir la redenci¨®n por el trabajo, a raz¨®n de un d¨ªa redimido por cada dos trabajado, adem¨¢s de otras redenciones extraordinarias.Los jueces saben que los etarras encarcelados por delitos cometidos antes de 1995 no cumplir¨¢n m¨¢s de 20, a lo sumo 22 a?os de prisi¨®n. Muchos de los m¨¢s duros, los hermanos Troiti?o, Henri Parot, Mercedes Gald¨®s, I?aki de Juana Chaos, etc¨¦tera, saldr¨¢n de prisi¨®n en el pr¨®ximo decenio. "Henri Parot, el etarra franc¨¦s, es un aut¨¦ntico killer y puede salir dentro de diez a?os. Va a ser un horror", comenta un magistrado de la Audiencia Nacional. Pero saben que aunque duela, "habr¨¢ que asumirlo". Debido a la irretroactividad de las leyes penales, todos reconocen que no puede hacerse nada por impedirlo. Al menos, salen "desactivados" para volver a empu?ar la pistola.
Otro magistrado de la Audiencia Nacional que prefiere el anonimato explica el mecanismo que ha hecho aflorar en la calle esa sensaci¨®n de que a los etarras la prisi¨®n "no les dura nada". Y si no les dura menos es, en parte, por su propia actitud antisistema.
"Un convicto condenado a 30 a?os", explica el magistrado, "puede acceder a la libertad condicional en el ¨²ltimo cuarto de la condena, es decir, a partir de los 22 a?os de prisi¨®n. Pero antes tiene que haber alcanzado el tercer grado de tratamiento penitenciario y los etarras casi nunca lo alcanzan. La mayor¨ªa de ellos est¨¢n clasificados de segundo grado y por su tradicional negativa a integrarse en el sistema carcelario, renuncian a progresar de grado, lo que en la pr¨¢ctica les impide acceder a la libertad condicional. Lo que se les aplica autom¨¢ticamente son las redenciones por el trabajo".
?Cu¨¢nta pena redime un etarra condenado al m¨¢ximo de 30 a?os seg¨²n el viejo C¨®digo? "Sin libertad condicional y sin sanciones, aproximadamente 180 d¨ªas de redenci¨®n ordinaria por el trabajo, m¨¢s 100 d¨ªas de extraordinaria por estudios. Ellos nunca aceptan destinos ocupacionales como limpieza, cocina, economato o enfermer¨ªa. Han hecho muchos cursillos de inform¨¢tica y carreras universitarias. Por un curso aprobado se conced¨ªan habitualmente 90 d¨ªas de redenci¨®n, y en algunos centros se redim¨ªa incluso por las horas de asistencia al gimnasio".
En suma, un etarra juzgado con el antiguo C¨®digo ha venido redimiendo 365 d¨ªas por a?o de prisi¨®n m¨¢s otros 280 d¨ªas de redenciones. Lo que explica que el m¨¢ximo de 30 a?os de cumplimiento se reduzca a unos 17 de cumplimiento efectivo, sin libertad condicional. Los periodos sin redenci¨®n por sanciones han ido retrasando esa salida hasta los aproximadamente 20 o 22 a?os. Lo normal ser¨¢ que cumplan un promedio de 20 a?os seguidos de estancia en prisi¨®n"."?Qu¨¦ a?adir¨ªa entonces la cadena perpetua? "M¨¢s intimidaci¨®n no, aunque a lo mejor sirve para tranquilizar a los ciudadanos", a?ade el magistrado. "En realidad, muchas cadenas perpetuas impuestas en otros pa¨ªses se quedan en lo que ahora se ahorran con el viejo C¨®digo".
Jacobo L¨®pez Barja de Quiroga, vocal del Consejo General del Poder Judicial especializado en Derecho Penal, afirma que s¨®lo son admisibles penas que persigan la resocializaci¨®n del delincuente: "Esto no quiere decir que no puedan existir penas largas de prisi¨®n, pero la prisi¨®n perpetua absoluta no cabe en el marco de un Estado de derecho ni en nuestra Constituci¨®n", a?ade.
Sin embargo, "una prisi¨®n a la que se pueda denominar perpetua con una cl¨¢usula de posible concesi¨®n de libertad provisional, como existe en otros pa¨ªses como Inglaterra, Italia o Alemania entrar¨ªa en el marco constitucional". Sobre la utilidad de la pena, Barja de Quiroga asegura: "Efectivamente, no est¨¢ acreditado que evite la comisi¨®n de nuevos delitos y quiz¨¢ no es la m¨¢s adecuada, porque no disuade. Habr¨ªa que pensar en otro tipo de medidas, como la custodia de seguridad que se aplica en Alemania a los que siguen siendo peligrosos tras el cumplimiento de la condena".
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