Planes hidrol¨®gicos y trasvases
Sobre el anteproyecto de Plan Hidrol¨®gico Nacional gravitan dos confusiones graves y bastante generalizadas. Una consiste en el empleo indistinto de los adjetivos hidr¨¢ulico e hidrol¨®gico para calificarlo, pr¨¢ctica que, lejos de suponer recurso leg¨ªtimo a la sinonimia en evitaci¨®n de reiteraciones, incurre en flagrante metonimia, que hace del todo parte. Finalidad de la hidr¨¢ulica es, al decir de la Academia, conducir, retener, elevar y aprovechar el agua; en cambio, se entiende por hidrol¨®gico todo lo que hace referencia al agua, incluyendo, mucho m¨¢s all¨¢ de la obra de ingenier¨ªa y del uso de caudales epigeos, entre otros muchos aspectos, la extracci¨®n de aguas subterr¨¢neas, depuraci¨®n y reutilizaci¨®n de residuales, desalaci¨®n de salobres y marinas, defensa de la calidad del recurso, optimizaci¨®n de su consumo y, con una gesti¨®n integral, adecuada atenci¨®n a sus m¨²ltiples implicaciones ambientales. Y la segunda confusi¨®n radica en la identificaci¨®n simplista y abusiva de plan hidrol¨®gico con ley de trasvases o, como quiere, con menor precisi¨®n sem¨¢ntica, la vigente Ley de Aguas y, con ella, el borrador del citado anteproyecto, de transferencias. Se trata, en suma, de un par de errores que, inadmisibles de todo punto, no son casuales o intrascendentes ni meramente formales.El tropo aludido obedece quiz¨¢ a que Espa?a no ha conocido hasta ahora sino planes hidr¨¢ulicos, y, salvo uno, todos eran acordes con sus respectivos contextos. Tal ocurri¨®, en primer t¨¦rmino, con el Avance de un Plan General de Pantanos y Canales de Riego de 1899, y, tras ¨¦l, con el Plan General de Canales de Riego y Pantanos de 1902 o Plan Gasset, sus aditamentos de 1909, 1916 y 1919, las actuaciones de las Confederaciones Sindicales Hidrogr¨¢ficas y, a tenor de sus propias denominaciones, con el magno I Plan Nacional de Obras Hidr¨¢ulicas de 1933 y el Plan General de Obras Hidr¨¢ulicas incluido en el Nacional de Obras Hidr¨¢ulicas de 1940; todos ellos tienen en com¨²n, adem¨¢s del car¨¢cter estrictamente hidr¨¢ulico, la fidelidad al ideario regeneracionista y su elaboraci¨®n en el marco jur¨ªdico de la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879, vigente por m¨¢s de un siglo, hasta 31 de enero de 1985.
La excepci¨®n se?alada corresponde al anteproyecto de Plan Hidrol¨®gico de 1993, que, a pesar de su denominaci¨®n y de plantearse en cumplimiento de la nueva Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985, que era y es una norma innovadora y de indudable naturaleza hidrol¨®gica, mantuvo, en clara discordancia con ella, un enfoque primordialmente hidr¨¢ulico, deudor a¨²n del legado regeneracionista. Para que no hubiese ninguna duda al respecto, los redactores de su Memoria cayeron en la tentaci¨®n de recordar y remedar la cantur¨ªa imaginaria que Joaqu¨ªn Costa puso en boca del R¨ªo ?sera, y lo hac¨ªan en los t¨¦rminos siguientes: "...la pr¨®xima ley da soluci¨®n a problemas pendientes, y esto en v¨ªsperas del comienzo de un nuevo siglo, en el cual el viejo sue?o de Costa se har¨¢, por fin, realidad, si bien no se limitar¨¢ a su querida Litera: el ?sera y otros numerosos ?seras recorrer¨¢n la piel de Espa?a y sus aguas l¨ªmpidas ser¨¢n, recordando el estilo po¨¦tico de Costa, su sangre, su oro, el camino de la liberaci¨®n y de la opulencia colectiva". As¨ª pues, este Anteproyecto no represent¨® el final de la pol¨ªtica hidr¨¢ulica, inspirada un siglo antes por el regeneracionismo, sino, parad¨®jicamente, su ¨¢pice, al pretender, en especial mediante dos macrotrasvases, una sustancial reestructuraci¨®n hidrogr¨¢fica del territorio espa?ol peninsular.
No debe sorprender, luego de la transnominaci¨®n apuntada, la asimilaci¨®n que el gran p¨²blico hace de plan hidrol¨®gico y ley de trasvases, como si aqu¨¦l contuviese exclusiva y necesariamente ¨¦stos. Pero cierto es que ellos han constituido y siguen constituyendo el principal motivo de controversia en los planes proyectados, m¨¢xime con la l¨®gica incorporaci¨®n de las preocupaciones ambientales, propias de las sociedades desarrolladas. Tampoco puede desconocerse su papel, en unos y otros, de aut¨¦nticas piezas maestras: el Plan de Mejora y Ampliaci¨®n de los Riegos de Levante, con el trasvase Tajo-Segura, lo era del I Plan Nacional de Obras Hidr¨¢ulicas; cinco trasvases menores y los macrotrasvases del Ebro y Norte-Duero hac¨ªan subir la necesidad global de transferencias a 3.771 hm3 en el Anteproyecto de 1993, detrayendo del Ebro 1.855 hm3, volumen que el actual reduce a 1.000. Por razones obvias, se pas¨® sobre ascuas y tambi¨¦n ahora se admite la reserva de uso, con fuerte ampliaci¨®n de regad¨ªos, que el "Pacto del Agua" de Arag¨®n cifra en 6.550 hm3. Son datos todos que invitan a la reflexi¨®n y que, con ella, debieran, en Cuesti¨®n de Estado de tan singular entidad, mover al consenso pol¨ªtico, ¨²nica v¨ªa para que los adjetivos hidrol¨®gico y nacional del Anteproyecto adquieran verdadero y pleno significado.
Antonio Gil Olcina es profesor del Instituto Universitario de Geograf¨ªa de Alicante.
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