La autonom¨ªa, clave de los pol¨¦micos pactos de San Andr¨¦s
La nueva correlaci¨®n de fuerzas en M¨¦xico, el triunfo de la oposici¨®n en las generales del 2 de julio y en el Gobierno de ese Estado, en agosto, desbancando al PRI, favorecen una soluci¨®n negociada de la rebeli¨®n zapatista. Todo pasa, no obstante, por el cumplimiento de los Acuerdos de San Andr¨¦s, objetados por el Gobierno de Ernesto Zedillo como susceptible de facilitar reclamaciones independentistas y choques civiles. Esos acuerdos establecen una amplia autodeterminaci¨®n para los 10 millones de ind¨ªgenas, pertenecientes a 56 etnias.El 16 de febrero, el Ejecutivo y la direcci¨®n de la guerrilla suscribieron un documento que se compromete a reconocer en la Constituci¨®n la existencia de los pueblos ind¨ªgenas, sus formas de Gobierno, y los llamados usos y costumbres. El proyecto de ley, redactado con el esp¨ªritu de los acuerdos por la parlamentaria Comisi¨®n de Concordia y Pacificaci¨®n (Cocopa), fue enmendado por el Gobierno de Zedillo al interpretar en ese proyecto desviaciones medulares respecto al contenido de los Acuerdos de San Andr¨¦s. Propuso varias revisiones. El EZLN no las acept¨®, y en enero de 1997 anunci¨® su retirada del proceso.
Acuerdos "afinados"
El presidente mexicano, Vicente Fox, declar¨® en una entrevista reciente con este corresponsal que aceptar¨ªa la totalidad de los acuerdos, salvo unas peque?as "afinaciones". No avizoraba, dijo, peligros secesionistas. El proyecto de la Cocopa, aceptado por el EZLN, establec¨ªa el respeto "al ejercicio de la libre determinaci¨®n de los pueblos ind¨ªgenas en cada uno de los ¨¢mbitos y niveles en que hagan valer su autonom¨ªa, pudiendo abarcar uno o m¨¢s pueblos ind¨ªgenas, de acuerdo a las circunstancias particulares y espec¨ªficas de cada entidad federativa".Los cambios planteados por el Gobierno establec¨ªan el respeto al ejercicio de la libre determinaci¨®n "en cada uno de los ¨¢mbitos y niveles en que tenga valor su autonom¨ªa de conformidad con los dispuesto en el art¨ªculo 4? de la Constituci¨®n". Los pueblos ind¨ªgenas tienen derecho a "decidir sus formas internas de convivencia y de organizaci¨®n social, econ¨®mica, pol¨ªtica y cultural", subrayaba la Cocopa en otro art¨ªculo. La propuesta del Ejecutivo aceptaba los usos y costumbres, pero apegados siempre al ordenamiento constitucional.
El acceso "de manera colectiva" de los pueblos ind¨ªgenas al uso y disfrute de los recursos nacionales de sus tierras "y territorios", qued¨® modificado en el sentido de subordinarlo a "las formas, modalidades y limitaciones establecidas para la propiedad por la Constituci¨®n y las leyes". La administraci¨®n de medios de comunicaci¨®n propios tambi¨¦n fue acotada se?al¨¢ndose que deber¨¢ hacerse "conforme a ley". El resto de las revisiones, referidas a los planes educativos, y otras competencias, fueron redactadas en paralelo con el contenido de las prerrogativas generales de esta naci¨®n federal.
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