El Superior vasco suspende una convocatoria de plazas en euskera
El Tribunal Superior de Justicia ha declarado que el proceso selectivo convocado por el Gobierno Vasco para el ingreso como funcionario de carrera de 10 plazas de traductor de euskera y de 16 de t¨¦cnico de normalizaci¨®n del euskera 'se suspende en el momento de la calificaci¨®n final de los aspirantes y no podr¨¢ realizarse hasta el definitivo pronunciamiento de la sentencia que dicte este tribunal'.
El tribunal asume las alegaciones de UGT-Federaci¨®n de Servicios P¨²blicos de Euskadi que impugn¨® la convocatoria, al entender que las plazas convocadas tienen como requisito de desempe?o el perfil ling¨¹¨ªstico 4TP que 'incluye destrezas ling¨¹¨ªsticas de expresi¨®n oral y escrita' y, sin embargo, las pruebas del proceso selectivo convocado 'no incluyen ejercicios orales'. Razona el tribunal que la suspensi¨®n del proceso selectivo en dicho tr¨¢mite 'no causa perjuicios irreparables al inter¨¦s general ni al de los participantes' ya que, sea cual sea la sentencia que se dicte en su d¨ªa, 'su ejecuci¨®n no se ver¨ªa comprometida', ya que en caso de que fuera favorable al Gobierno Vasco, bastar¨ªa con proceder al 'nombramiento de los mejor puntuados' y en caso de que la sentencia estimase el recurso de UGT, 'tampoco causar¨ªa perjuicios al no haber sido nombrados los llamados a ello bajo las bases' dictadas por el Gobierno.
Bases del Gobierno
El Departamento de Hacienda y Administraci¨®n P¨²blica del Ejecutivo aut¨®nomo, con fecha 22 de junio del 2000, aprob¨® las bases espec¨ªficas que han de regir en los procesos selectivos para el ingreso como funcionarios de carrera a las 10 plazas de 'Traductor del Cuerpo Superior Facultativo de la Administraci¨®n General de la C.A.P.V.' y a las 16 plazas de 'T¨¦cnico de Normalizaci¨®n Ling¨¹¨ªstica del Cuerpo Superior Facultativo de la Administraci¨®n General de la C.A.P.V.'.
La Federaci¨®n de Servicios P¨²blicos de Euskadi de UGT, mediante recurso de s¨²plica ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, interes¨® la suspensi¨®n de la fase de calificaci¨®n final porque las plazas convocadas tienen como requisito de desempe?o el perfil ling¨¹¨ªstico 4TP, 'pese a lo cual la convocatoria no exige la acreditaci¨®n del mismo mediante el procedimiento establecido'.
El tribunal reconoce que 'la base espec¨ªfica 3.2' de la convocatoria, 'contiene una previsi¨®n similar o an¨¢loga' a una disposici¨®n expresamente derogada por el Decreto 86/97, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalizaci¨®n del uso del euskera en las Administraciones P¨²blicas de la comunidad vasca y que permite que se acredite el perfil ling¨¹¨ªstico en los procesos selectivos con pruebas que al efecto se celebren, lo que significa que debe acreditarse mediante pruebas espec¨ªficas que se han omitido en esta convocatoria. El tribunal pide tramitar el presente recurso con car¨¢cter preferente 'a fin de que la sentencia se pueda dictar antes de su conclusi¨®n'.
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