El TSJ extiende el tope de 48 horas laborables a los m¨¦dicos de hospital
La limitaci¨®n del horario de los m¨¦dicos a 48 horas semanales -incluidas las guardias- ha recibido un nuevo espaldarazo. Ahora es es el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) el que bas¨¢ndose en una sentencia del Tribunal de Luxemburgo promovida por el Sindicato de M¨¦dicos de Asistencia P¨²blica (Simap) limita la jornada laboral de los m¨¦dicos de hospital y los equipara a los de atenci¨®n primaria. Un fallo similar de un juzgado de Alicante apunta en la misma direcci¨®n que el TSJ.
Seg¨²n la sentencia de la Sala de lo Social del TSJ los m¨¦dicos de atenci¨®n especializada de los hospitales y centros de especialidades de Sanidad 'tienen derecho a disfrutar de una jornada de trabajo que no exceda de las 48 horas, incluido el tiempo de trabajo de las guardias, por cada per¨ªodo de 7 d¨ªas en c¨®mputo durante 12 meses'. El fallo del TSJ, adem¨¢s, considera que los m¨¦dicos de hospital 'por realizar las guardias c¨ªclicamente y a distintas horas a lo largo de un per¨ªodo dado de d¨ªas o semanas, tienen la condici¨®n de trabajadores a turnos, y en consecuencia, debe establecerse previamente a su incorporaci¨®n a este tipo de trabajo y peri¨®dicamente con posterioridad, las medidas de especial protecci¨®n establecidas en el art¨ªculo 12 de la directiva 93/104/CE'. Esa directiva se refiere a la ordenaci¨®n del tiempo de trabajo. La decisi¨®n del TSJ se basa en una sentencia del Tribunal de Luxemburgo promovida por el Simap y dictada el 3 de octubre del a?o pasado. En aquella sentencia, que fue ratificada un mes m¨¢s tarde por el TSJ, se reconoc¨ªa la condici¨®n de trabajadores a turnos de los m¨¦dicos de atenci¨®n primaria, un reconocimiento que a la pr¨¢ctica supon¨ªa la limitaci¨®n de sus horarios. El Simap pidi¨® la semana pasada al TSJ que dicho reconocimiento se ampliara tambi¨¦n a los m¨¦dicos de los hospitales.
El representante del Simap, Juan Benedito, se pregunt¨® ayer a la vista del dictamen 'cu¨¢les eran los problemas de la Generalitat para entorpecer la ejecuci¨®n de las sentencias'. Seg¨²n Benedito, 'la Administraci¨®n valenciana debe considerar que est¨¢ por encima de la ley a pesar de que los tribunales les han recordado que es un tema que debe resolverse en seguida dada su relevancia social'. Sanidad se?al¨® ayer desconocer la sentencia.
Por otra parte, un juzgado de Alicante ha dado la raz¨®n a la Asociaci¨®n Sindical de Facultativos del hospital de La Vila Joiosa en una demanda similar presentada contra Sanidad. El fallo establece el derecho de los afiliados de la asociaci¨®n que interpuso la denuncia, entre los que se encuentran m¨¦dicos de los servicios de microbiolog¨ªa, urgencias, pediatr¨ªa, ginecolog¨ªa, cirug¨ªa, anestesia, medicina interna y cuidados intensivos, a 'realizar una jornada laboral que no exceda de 48 horas'.
La titular del juzgado de lo Social n¨²mero 4 de Alicante, Encarnaci¨®n Lorenzo, establece en el fallo que en el tope laboral se incluyen tanto las horas extraordinarias como las guardias, al entender por tiempo de trabajo 'todo el que el m¨¦dico permanezca en el mismo, a disposici¨®n del hospital y en ejercicio de su actividad, incluido el dedicado a la atenci¨®n continuada'.
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