La Ley proh¨ªbe a la Seguridad Social invertir en acciones
La decisi¨®n del Servicio de Seguridad Social de la Armada de invertir parte de sus fondos en una agencia de valores como Gescartera contrasta vivamente con la rigurosa y restrictiva regulaci¨®n que la Seguridad Social est¨¢ obligada a seguir en las inversiones de sus excedentes de caja y de su Fondo de Reserva. Contrasta tambi¨¦n con la algo menos estricta regulaci¨®n que Muface, la mutualidad que presta los servicios sanitarios a los funcionarios, debe seguir en sus inversiones. Ni una ni otra pueden invertir en acciones ni poner sus fondos en manos de intermediarios financieros como Gescartera. Muface s¨ª tiene, en todo caso, un hist¨®rico paquete de acciones que proviene del patrimonio de las mutualides que se integraron en ella en 1980, pero sus nuevas inversiones, por ley, s¨®lo pueden destinarse a valores emitidos por el Estado, a renta fija, a inmuebles con 'garant¨ªas' y a inversiones de car¨¢cter social. Adem¨¢s, el interventor general del Estado en Muface est¨¢ encargado de vigilar las nuevas inversiones.
Banco de Espa?a
Mientras, la estricta regulaci¨®n legal de las inversiones de la Seguridad Social llega al extremo de que deben aprobarse por el Consejo de Ministros. Adem¨¢s, la cuenta en la que est¨¢n depositados esos fondos est¨¢ en el Banco de Espa?a, que es tambi¨¦n quien se encarga de la adquisici¨®n de los activos financieros que apruebe el Consejo de Ministros y act¨²a tambi¨¦n como banco depositario. Como prevenci¨®n adicional, la Direcci¨®n General del Tesoro, que depende del Ministerio de Econom¨ªa, determina la composici¨®n de la cartera de fondos de la Seguridad Social.
Dos son las v¨ªas por las que la Seguridad Social puede tener fondos para estas inversiones: un excedente de caja temporal y el Fondo de Reserva. Para regular los excedentes de caja, en 1995 se aprob¨® un Real Decreto para transferirlos al Banco de Espa?a. Ese mismo a?o, la Seguridad Social firm¨® un acuerdo con el banco emisor para acordar una retribuci¨®n fija para esa cuenta. Ese acuerdo sigue vigente.
El Fondo de Reserva, mientras, se cre¨® como parte del Pacto de Toledo para garantizar el futuro de las pensiones. Las cantidades que cada a?o van a Fondo de Reserva se aprueban en los presupuestos del Estado, aunque esas cantidades pueden ampliarse (como ocurri¨® el a?o pasado) si la situaci¨®n financiera de la Seguridad Social lo permite.La pregunta que surge es por qu¨¦ en la Armada los requisitos eran tan laxos.
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