Vicecompatibles
Ning¨²n pol¨ªtico dem¨®crata deber¨ªa manifestar ni como excusa ni como mera declaraci¨®n p¨²blica de inocencia: 'No est¨¢bamos preparados para tener corruptos entre nosotros', porque el ciudadano interpreta: 'No est¨¢bamos preparados para que nos descubrieran'.
El p¨¢rrafo anterior pertenece al libro Espa?a: la segunda transici¨®n, de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, publicado en 1994. Ese a?o, tras el estallido de los esc¨¢ndalos de Rubio y Rold¨¢n, el PP centr¨® su discurso en la denuncia de la corrupci¨®n, definida como confusi¨®n deliberada entre intereses privados y actividad p¨²blica. Uno de los resultados de esa denuncia fue la reforma en 1995 de la Ley de Incompatibilidades de los altos cargos. Ya entonces, la nueva normativa fue considerada muy estricta: afectaba a todos los cargos p¨²blicos a partir de director general y establec¨ªa el criterio habitual de incompatibilidad absoluta con toda otra ocupaci¨®n particular.
La oposici¨®n ha expresado, en diversos tonos, sus dudas sobre la compatibilidad entre la responsabilidad p¨²blica del vicepresidente econ¨®mico, Rodrigo Rato, y su participaci¨®n en empresas de las que es copropietario, junto a sus hermanos. Entre las excepciones al principio general que establece la ley figura la 'mera administraci¨®n del patrimonio personal o familiar'. No es nada seguro que al responsable m¨¢ximo de la pol¨ªtica econ¨®mica le sea aplicable el concepto de mera administraci¨®n cuando su patrimonio empresarial avala numerosos cr¨¦ditos bancarios (uno de ellos, del HSBC, estrechamente relacionado con Gescartera) o se han vendido paquetes accionariales de la familia a otra entidad bancaria.
Existe el peligro de que un rigorismo excesivo aleje de la pol¨ªtica a personas valiosas provenientes del mundo empresarial, por trayectoria personal o herencia familiar. La idea de que s¨®lo puedan ser pol¨ªticos los abogados del Estado es antidemocr¨¢tica. Pero, como dijo Aznar en su libro antes mencionado, citando a Jefferson, 'el gobierno libre se basa en la desconfianza', y 'la creencia en la superioridad del sistema democr¨¢tico no nos puede hacer bajar la guardia ni ponernos una venda en los ojos'. La ley es rigurosa porque los socialistas quer¨ªan compensar con ella su escaso rigor anterior, pero tambi¨¦n porque el PP, entonces en la oposici¨®n, hab¨ªa creado un ambiente propicio a identificar pol¨ªtica con corrupci¨®n.
Entre otras limitaciones, la ley establece que los altos cargos no podr¨¢n tener m¨¢s del 10% de participaci¨®n en empresas que tengan contratos con alguna Administraci¨®n p¨²blica. Una de las empresas familiares en que participa el vicepresidente est¨¢ integrada por emisoras de radio -resto de la antigua Cadena Rato- cuya actividad depende por definici¨®n de concesiones administrativas. Dos de ellas, otorgadas en 1998 por el Gobierno balear que presid¨ªa Matas. Por tanto, no es ocioso o malintencionado pedir aclaraciones. Ante un caso similar, el propio Fraga anunci¨® que su consejero Jos¨¦ Cui?a vender¨ªa las acciones heredadas de una empresa que contrataba con la Xunta. Si el Gobierno ha cumplido la obligaci¨®n legal de informar cada seis meses al Congreso sobre los cambios en la situaci¨®n patrimonial de los altos cargos, debe ser f¨¢cil verificar si Rato tiene o no participaci¨®n superior al 10% en empresas que no es que contraten con las administraciones, sino que dependen de ellas para existir.
Si la norma se considera demasiado exigente, modif¨ªquese. Lo que no es posible es dejar de aplicarla porque afecte a un vicepresidente. O a un ex vicepresidente de la CNMV como Luis Ramallo, que desde el mismo d¨ªa en que ces¨® en el cargo pas¨® a actuar como notario de empresas sobre las que hab¨ªa tenido que pronunciarse desde el organismo regulador, entre ellas Gescartera, entidad para la que actu¨® como intermediario en un fallido intento de venta a un banco. Que sea o no ilegal habr¨¢ de verse, pero la argumentaci¨®n del Ministerio de Administraciones P¨²blicas para decir que no vulnera la Ley de Incompatibilidades resulta contraria al sentido com¨²n. Entiende el ministerio que la norma -prohibici¨®n de realizar, en un plazo de dos a?os, actividades privadas relacionadas con expedientes sobre los que haya intervenido- no es aplicable a Ramallo porque la de notario no es una actividad privada, sino p¨²blica.
Es cierto que el notario da fe p¨²blica de hechos jur¨ªdicos, pero entre sus funciones tambi¨¦n figura el asesoramiento legal, y su trabajo se realiza en r¨¦gimen de competencia, a la b¨²squeda de clientes. Aparte de la contradicci¨®n suprema que supone afirmar que la mediaci¨®n para la venta de Gescartera realizada por el notario Ramallo lo fue a t¨ªtulo personal. Cuando conviene, la funci¨®n es p¨²blica, y cuando no, personal. La ley del embudo.
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