El error de una sala del TSJA demorar¨¢ varios a?os el desbloqueo de las oposiciones de 1998
El Tribunal Constitucional rechaz¨® la cuesti¨®n al respecto por un claro defecto de forma
La ley de presupuestos de Andaluc¨ªa de 1998 inclu¨ªa la convocatoria y los baremos de las pruebas de oposici¨®n para el funcionariado en la especialidad de Administraci¨®n General y en el Cuerpo General de Administrativos. El esp¨ªritu que subyac¨ªa tras esta convocatoria era facilitar el ingreso de cerca de tres mil interinos en la funci¨®n p¨²blica, y en los baremos se valoraba a la alta su experiencia. Esta ley se recurri¨® ante el TSJA y la Sala de lo Contencioso-Administrativo elev¨® una cuesti¨®n de inconstitucionalidad. El pasado julio, el m¨¢ximo tribunal rechaz¨® esta cuesti¨®n por un defecto de forma. Este error de la citada sala del TSJA se traducir¨¢ en varios a?os m¨¢s de litigio sobre una situaci¨®n que afecta a miles de opositores, interinos o no.
El Tribunal Constitucional despacha en un auto de cuatro folios y por un defecto de forma la cuesti¨®n de inconstitucionalidad que plante¨® en 1998 la Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa . Y es que, seg¨²n argumenta el m¨¢ximo tribunal, precisamente ¨¦se es el defecto de forma -que algunos expertos que han analizado el texto no dudan a la hora de tildarlo de 'infantil' e 'inexplicable'-: la cuesti¨®n la elev¨® la citada sala del TSJA, en vez de la Secci¨®n Primera, que fue la que resolvi¨® sobre el recurso a la citada ley y, por lo tanto, la ¨²nica que est¨¢ autorizada seg¨²n la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional.
Tanto la presidencia de la Sala, como de la Secci¨®n Primera est¨¢n en manos de Santiago Mart¨ªnez Vares. Por lo que, Mart¨ªnez Vares, que tambi¨¦n preside la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, podr¨ªa decidir volver a elevar la citada cuesti¨®n al Tribunal Constitucional.
Sin embargo, el defecto de forma, el grave error a la hora de tramitar la cuesti¨®n de inconstitucionalidad, est¨¢ claro que se traducir¨¢ en, al menos, varios a?os m¨¢s de espera. Como comparaci¨®n para realizar un c¨¢lculo aproximado de los tiempos de la Justicia en estos casos, la cuesti¨®n que el Constitucional rechaz¨® en julio de 2001 se elev¨® en 1998.
Pero es que las consecuencias del error de la presidencia de la Sala del TSJA tienen una important¨ªsima vertiente humana. El futuro profesional de los que se quer¨ªan presentar a las pruebas, interinos o no, depende en gran parte de este episodio judicial.
Si el Constitucional no ve motivo para parar la convocatoria prevista en la ley andaluza de presupuestos de 1998, se volver¨ªan a convocar las pruebas de acceso al funcionariado con los baremos que otorgaban puntos extra a la experiencia. Si no fuera as¨ª, la Administraci¨®n andaluza deber¨ªa tirar de imaginaci¨®n para intentar encontrar una salida -una voluntad manifestada desde hace a?os por el Ejecutivo auton¨®mico- a la situaci¨®n de estas personas, a muchas de las cuales se contrat¨® como interinos para poner en marcha la estructura b¨¢sica de la naciente Administraci¨®n andaluza.
Tenga quien tenga la raz¨®n seg¨²n el Tribunal Constitucional, esta situaci¨®n a¨²n quedar¨¢ en un tenso suspenso por varios a?os m¨¢s a causa del defecto de forma cometido en la tramitaci¨®n de la sala presidida por Mart¨ªnez Vares.
Otro dato de importancia es que el auto no se haya hecho p¨²blico cuando ¨¦ste lleg¨® a la sala del TSJA el 24 de julio. Al coincidir el presidente de la sala y de la secci¨®n en la misma persona, de ¨¦sta depende al menos en gran parte, que se vuelva a plantear ante el Constitucional. Por el momento, tampoco es p¨²blico que se haya elevado otra cuesti¨®n de inconstitucionalidad. Todo esto supone m¨¢s y m¨¢s tiempo de espera.
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