Educaci¨®n apoya el despido de una profesora de religi¨®n por casarse con un divorciado
'Un docente isl¨¢mico tambi¨¦n podr¨ªa ser despedido por comer cerdo', alega el abogado del Estado
El Ministerio de Educaci¨®n y la fiscal¨ªa se alinearon ayer con la Iglesia en el caso de la profesora de religi¨®n Resurrecci¨®n Galera, que perdi¨® su empleo por haberse casado con un divorciado. En la vista oral celebrada en el Juzgado de lo Social n¨²mero 3 de Almer¨ªa, el abogado del Ministerio de Educaci¨®n hizo suyas las tesis eclesiales al defender que la vida privada de Galera es motivo suficiente para no renovarle el contrato. Como soporte de su argumento puso un ejemplo: 'Un profesor de religi¨®n isl¨¢mica tambi¨¦n podr¨ªa ser despedido por divulgar su afici¨®n a comer carne de cerdo'.
El juicio por el caso de Resurrecci¨®n Galera qued¨® ayer visto para sentencia. Como demandados figuran el Obispado de Almer¨ªa, el Ministerio de Educaci¨®n y la Consejer¨ªa de Educaci¨®n de la Junta de Andaluc¨ªa. Galera considera que fue despedida de forma improcedente y que se han violado sus derechos fundamentales.
En la vista, el delegado diocesano de ense?anza, Antonio Rueda, ¨²nico testigo del juicio, despej¨® las dudas sobre la causa de la p¨¦rdida del empleo de Galera. 'Uno de los motivos para no proponerla como profesora fue que no estaba en coherencia con la doctrina cat¨®lica de la Iglesia y tendr¨ªa grandes dificultades para explicar el sacramento del matrimonio debido a su situaci¨®n', dijo Rueda. 'Ella perdi¨® su capacidad de recta doctrina cat¨®lica al difundir el hecho en la prensa. Ya estuvo mal el haber cometido la situaci¨®n (casarse por lo civil con un divorciado), pero adem¨¢s difundirla...'
En este argumento abund¨® el abogado del Ministerio de Educaci¨®n, Fernando Bertr¨¢n, al afirmar que 'es una causa objetiva para la no renovaci¨®n del contrato de la profesora que ella misma haya reconocido en este juicio que no sab¨ªa que contraven¨ªa la religi¨®n cat¨®lica al casarse por lo civil'. Bertr¨¢n insisti¨® en esa afirmaci¨®n poniendo como ejemplo 'que un profesor de religi¨®n isl¨¢mica tambi¨¦n podr¨ªa ser despedido por divulgar su afici¨®n a comer carne de cerdo'.
Esa misma tesis fue defendida por el abogado del obispado, quien dijo: 'Hablamos de religi¨®n y moral cat¨®lica, no de matem¨¢ticas o de otra asignatura, y eso hace que no baste con la formaci¨®n del profesor. Adem¨¢s, su forma de vida tiene que ser coherente con la asignatura que imparte. El obispado estaba obligado a proponer el cese de la profesora de acuerdo con los art¨ªculos 804 y 805 del derecho can¨®nico, ya que ella no daba ejemplo con su vida diaria'.
El Ministerio Fiscal se aline¨® con los anteriores argumentos al afirmar que en este caso no ha habido vulneraci¨®n de derechos y que 'la relaci¨®n laboral es singular y no se rige por el estatuto de los trabajadores'. 'Es una relaci¨®n de especial confianza y la autoridad eclesi¨¢stica no tiene por qu¨¦ dar explicaciones de por qu¨¦ se rompe esa confianza. No estamos en un supuesto de despido y por tanto procede la desestimaci¨®n de la demanda'.
El ministerio y el obispado de Almer¨ªa sostuvieron que la profesora no fue discriminada por su situaci¨®n personal y que lo que se produjo fue una extinci¨®n de la relaci¨®n laboral y en ning¨²n caso un despido.
El abogado del ministerio destac¨® tambi¨¦n que en este caso no ha existido violaci¨®n de ning¨²n derecho fundamental. 'Se alega vulneraci¨®n del art¨ªculo 18 de la Constituci¨®n por violaci¨®n de la intimidad, pero seg¨²n la ley eso sucede cuando se difunden im¨¢genes ilegales o cuando se da?a la buena fama de la persona y eso no ha ocurrido al decir que est¨¢ casada por lo civil', argument¨®. 'Aqu¨ª hay un tratado internacional, que es el acuerdo con la Santa Sede firmado en 1979, que hay que aplicar, aunque moralmente nos parezca bien o mal. Y ese acuerdo dice que la competencia para proponer o no a los profesores de religi¨®n es del obispado', a?adi¨®.
El abogado de Resurrecci¨®n Galera, Francisco Escobar, insisti¨® en que s¨ª han sido vulnerados derechos fundamentales de su defendida, como el de intimidad. Adem¨¢s, sostuvo que incluso los tratados internacionales est¨¢n sujetos a la Constituci¨®n del pa¨ªs. 'La Constituci¨®n dice que todos tenemos derecho a contraer matrimonio por el rito que queramos. Pero es un derecho, no una obligaci¨®n, y todos estamos sujetos a la Constituci¨®n, incluida la Iglesia', record¨®.
El letrado de la Consejer¨ªa de Educaci¨®n se limit¨® durante el juicio a argumentar que 'la Junta de Andaluc¨ªa no es la empleadora y, por tanto, no puede tampoco despedir. La responsabilidad de que Resurrecci¨®n Galera no est¨¦ dando clases es enteramente del obispado'.
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