El PP homologa por ley la gesti¨®n p¨²blica y privada en la sanidad
El documento consagra la 'f¨®rmula Alzira' al incluirla en el texto
La gesti¨®n p¨²blica y la privada se sit¨²an al mismo nivel en el credo sanitario del Gobierno popular: la Ley de Ordenaci¨®n Sanitaria. El documento, que ve la luz con m¨¢s de un a?o de retraso, consagra a la Agencia Valenciana de la Salud, una nueva instituci¨®n, el control de la atenci¨®n sanitaria y sociosanitaria, que podr¨¢ llevarse a cabo por medios 'propios o ajenos, p¨²blicos o privados o cualquiera de las entidades admitidas en derecho'. La ley refuerza la f¨®rmula Alzira, al incluirla expl¨ªcitamente.
Formalmente, la Ley de Ordenaci¨®n Sanitaria (LOS), que se encuentra a las puertas de la entrada a las Cortes una vez reciba el visto bueno del Consejo Econ¨®mico y Social, ha limado algunas de las principales aristas que conten¨ªa en el borrador que trascendi¨® hace a?o y medio y que levant¨® las quejas de sindicatos y oposici¨®n por su inclinaci¨®n hacia conceptos como el derecho limitado a la salud. Sin embargo, en su cogollo, en el que el texto aborda la Agencia Valenciana de la Salud (AVS) dentro del t¨ªtulo reservado a la Estructura y organizaci¨®n del sistema sanitario p¨²blico, el documento actual va m¨¢s all¨¢ en la equiparaci¨®n entre gesti¨®n p¨²blica y privada.
En la definici¨®n de la AVS, organismo aut¨®nomo responsable de la prestaci¨®n, la ley establece que la gesti¨®n y administraci¨®n de los centros, servicios y establecimientos de protecci¨®n de la salud, de atenci¨®n sanitaria o sociosanitaria 'podr¨¢ llevarse a cabo directamente o indirectamente, con medios propios o ajenos, p¨²blicos o privados o mediante cualesquiera entidades admitidas en derecho'. Seguidamente, tras mencionar los m¨¦todos incluidos en las nuevas f¨®rmulas de gesti¨®n sanitaria -fundaciones, consorcios, empresas p¨²blicas- recoge expl¨ªcitamente un sistema que no est¨¢ aludido expresamente en ninguna otra ley sanitaria: la concesi¨®n administrativa, que es la que permite que la uni¨®n de empresas Ribera Salud se ocupe del hospital de Alzira. Hasta el momento, este sistema -el mismo que se emplea, por ejemplo en la explotaci¨®n de las autopistas- no hab¨ªa tenido la cobertura de una ley sanitaria, y ha sido el Partido Popular valenciano quien se la ha dado.
Recursos p¨²blicos
En anteriores redacciones de la LOS, se contrapon¨ªa a esta provisi¨®n de servicios compartida p¨²blico-privada un p¨¢rrafo que matizaba esta inclinaci¨®n. La ley establec¨ªa que el Consell garantizar¨ªa la existencia de 'una dotaci¨®n de recursos de titularidad p¨²blica adecuada a las necesidades sanitarias'. Esta cautela desaparece de la formulaci¨®n actual de la AVS.
Mientras la ley de ordenaci¨®n andaluza alude a la colaboraci¨®n en la gesti¨®n de centros con instituciones privadas 'sin ¨¢nimo de lucro' o la del Pa¨ªs Vasco asigna la provisi¨®n de servicios a las 'organizaciones p¨²blicas de servicios' y s¨®lo apunta la posibilidad de la prestaci¨®n de servicios privados a trav¨¦s del concierto 'tras ¨®ptima utilizaci¨®n de los recursos p¨²blicos', la ley valenciana equipara la gesti¨®n p¨²blica y la privada.
Pese a esta posici¨®n, en la exposici¨®n de motivos, la redacci¨®n final de la ley es m¨¢s comedida que el borrador que public¨® este diario en julio de 2000. De esta forma, desaparecen referencias a que la atenci¨®n sanitaria es universal 'para acceder a la cartera de servicios b¨¢sicos del Sistema Nacional de Salud', o la 'err¨®nea percepci¨®n de la existencia a un derecho ilimitado a la obtenci¨®n de cualquier recurso que potencialmente pueda beneficiar a la salud' que se conten¨ªan anteriormente. Otros de los aspectos recogidos en la ley son los siguientes:
- Nueva organizaci¨®n. La ley reemplaza las actuales 20 ¨¢reas sanitarias por departamentos, aunque se limita a decir que habr¨¢ un m¨ªnimo de uno por provincia.
- Participaci¨®n. En contra de las previsiones iniciales, la representaci¨®n sindical no contar¨¢ con miembros de los sindicatos m¨¢s destacados de la Comunidad, sino de aquellos presentes en la mesa sectorial de sanidad. Sin embargo, en la participaci¨®n empresarial se contempla la presencia de dos grupos: representantes de los m¨¢s destacados de la Comunidad y de los m¨¢s importantes en el campo sanitario.
- Libre elecci¨®n de m¨¦dico y centro. 'Las leyes de mercado ofrecen al consumidor las ventajas de elecci¨®n de productores y servicios (...) para lo cual se requiere informaci¨®n clara, objetiva y asumible sobre los servicios y resultado que ofrece cada centros sanitario; y participaci¨®n activa del ciudadano'.
- Calidad. El documento se?ala que un 'organismo p¨²blico e independiente' evaluar¨¢ la calidad de los servicios sanitarios y les otorgar¨¢ un reconocimiento externo.
- Plan de garant¨ªa de demora. El texto establece un compromiso de realizar tanto pruebas diagn¨®sticas como tratamientos en un tiempo determinado que establezcan las sociedades cient¨ªficas, pasado el cual, el Consell 'se compromete a financiar las pruebas diagn¨®sticas, terap¨¦uticas o las intervenciones en el centro que elija el paciente conforme se estipule reglamentariamente'.
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