Rodillo judicial
El nombramiento, por primera vez, de una mujer magistrada en el Tribunal Supremo no ha podido ocultar que la actual mayor¨ªa conservadora del Consejo General del Poder Judicial haya roto el consenso institucional -equilibrio entre mayor¨ªas y minor¨ªas- en la designaci¨®n de candidatos para ocupar las plazas vacantes del alto tribunal y, en general, en la pol¨ªtica de nombramientos de los ¨®rganos jurisdiccionales. Ese equilibrio interno, acorde con la composici¨®n del propio Consejo, siempre hab¨ªa sido respetado hasta ahora. En esta ocasi¨®n, el sector conservador ha optado por copar con sus candidatos las cuatro vacantes del Supremo -dos en la Sala de lo Penal, una en la de lo Social y otra en la de lo Contencioso-administrativo-, sin dar opci¨®n a ning¨²n candidato propuesto por la minor¨ªa.
En este aspecto crucial, el nuevo Consejo General del Poder Judicial, nombrado en octubre pasado, resucita 20 a?os despu¨¦s las pr¨¢cticas corporativas del primero -1980 / 1985- dominado por la derecha judicial: promocionar a los de su cuerda a los cargos judiciales vacantes, sin el m¨¢s m¨ªnimo respeto por la pluralidad ideol¨®gica y asociativa existente en la judicatura. Los socialistas consideran que ese comportaniento viola el esp¨ªritu de consenso que anim¨® el pacto sobre la justicia. Y tienen raz¨®n. Pero lo ocurrido no deja de ser el corolario previsible del m¨¦todo que siguieron los dos partidos mayoritarios para la renovaci¨®n de cargos institucionales, que ya supuso una ruptura f¨¢ctica del acuerdo. Su m¨¢xima preocupaci¨®n entonces fue repartirse las vocal¨ªas con personas de su confianza pol¨ªtica en lugar de intentar consensuar nombres aceptables por ambas partes. Uno de los efectos es un Consejo con dos campos claramente delimitados, en los que la solvencia profesional pasa a un segundo t¨¦rmino. Vuelve a frustrarse, una vez m¨¢s, la esperanza de que el cambio en el procedimiento en la designaci¨®n de aspirantes, con participaci¨®n directa del colectivo judicial, diera lugar a un Consejo verdaderamente de consenso, como quiere la Constituci¨®n al exigir mayor¨ªa cualificada para los nombramientos.
Es pronto para predecir las l¨ªneas de su comportamiento futuro, pero el precedente es muy inquietante.Un ¨®rgano constitucional dividido y en el que la mayor¨ªa impone su criterio por sistema se convierte en algo muy diferente a lo previsto por el constituyente. La minor¨ªa se ha sentido burlada y con raz¨®n. Y m¨¢s cuando el presidente del Consejo, al que dicho grupo de vocales hab¨ªa solicitado su mediaci¨®n, ha respondido aportando su voto al rodillo conservador.
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