Las empresas de telefon¨ªa no pueden colocar sus antenas donde les plazca, seg¨²n una sentencia
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano antepone el inter¨¦s general, y en concreto el derecho de los ciudadanos a un medio ambiente saludable, a los de las empresas de telefon¨ªa m¨®vil a la hora de instalar sus equipos t¨¦cnicos: 'El hecho de tratarse de un servicio de inter¨¦s general [el de la telefon¨ªa m¨®vil], no da patente de corso para instalar sus equipos donde tenga por conveniente', recoge la sentencia en uno de los apartados de fundamentos de derecho.
La resoluci¨®n de la secci¨®n primera de Sala de lo Contencioso-Admistrativo del TSJ se produce a ra¨ªz de un recurso presentado por la firma Telefon¨ªa Servicios M¨®viles, SA, contra un acuerdo del Ayuntamiento de Alicante. En concreto, el departamento de Obras del Consistorio deneg¨® en julio de 1998 a la compa?¨ªa la licencia de obras y, m¨¢s tarde, decret¨® la demolici¨®n de una estaci¨®n base de telefon¨ªa m¨®vil que la empresa hab¨ªa ubicado en un inmueble de la avenida Costablanca, en la playa de San Juan.
La resoluci¨®n del Ayuntamiento se produjo tras una denuncia de un particular que hab¨ªa observado la existencia de grietas y ruidos en su casa, despu¨¦s de la instalaci¨®n en la azotea del inmueble de la estaci¨®n de telefon¨ªa m¨®vil.
Los t¨¦cnicos del Ayuntamiento constataron que las obras se hab¨ªan realizado sin licencia muncipal. La empresa solicit¨® entonces el correspondiente permiso, pero la Corporaci¨®n consider¨® ilegales las obras y orden¨® su demolici¨®n porque la construcci¨®n superaba la altura m¨¢xima establecida.
La mercantil bas¨® su recurso en el supuesto inter¨¦s general del servicio que presta. El tribunal rechaza tal argumento y, sin entrar a debatir sobre si estos equipos suponen un riesgo para la salud, s¨ª deja claro que su instalaci¨®n no puede ser arbitraria y al margen del inter¨¦s general que defienden las administraciones y del de los ciudadanos por un medio ambiente sano, recogido en una recomendaci¨®n de la Uni¨®n Europea 'relativa a la exposici¨®n del p¨²blico en general a campos electrom¨¢gneticos', matiza el TSJ.
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