El TSJ acepta el acoso moral como motivo para declarar improcedente el despido de un empleado
El tribunal condena a Inescop a abonar a su antiguo jefe de laboratorio 180.300 euros
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha dictado una sentencia en la que admite el acoso moral como motivo para declarar improcedente el despido de un trabajador. El fallo del tribunal se ha producido a ra¨ªz de una demanda por despido de Fernando M. M., jefe de laboratorio del Instituto Tecnol¨®gico del Calzado y Conexas (Inescop), con sede en Elda. El TSJ acepta un recurso del investigador, que aleg¨® acoso moral por parte de la direcci¨®n de la empresa [ente privado con importantes ayudas p¨²blicas] y obliga a Inescop a abonar al trabajador 180.300 euros.
El jefe de laboratorio del Instituto Tecnol¨®gico del Calzado Fernando M. M., ocupaba ese cargo en la empresa desde 1978 [el ente se constituy¨® en 1971]. En los ¨²ltimos a?os el investigador representaba a Inescop en el Comit¨¦ Europeo de Normalizaci¨®n (CEN). En la pr¨¢ctica, el cient¨ªfico representaba oficialmente a Espa?a en ese foro europeo, ya que Inescop lo propuso por delegaci¨®n expresa de Aenor, representante oficial del Estado espa?ol.
En la demanda, el investigador, doctor en Ciencias Qu¨ªmicas, denunci¨® que a partir de junio de 1997 la direcci¨®n de Inescop modific¨® sus condiciones de trabajo, tanto en el apartado de sus competencias como en el de horarios. Entre esos cambios, el investigador mantiene que fue despojado de los temas relacionados con la investigaci¨®n y que se le asign¨® un nuevo despacho en el que no se le permit¨ªan realizar llamadas directas fuera de la provincia y, adem¨¢s, el ordenador ten¨ªa bloqueadas determinadas claves a Internet. El trabajador tambi¨¦n solicit¨® un cambio de horario por razones de enfermedad -el demandante aporta justificantes m¨¦dicos que prueban que desde 1997 sufr¨ªa dolencias card¨ªacas- que fue denegado por la empresa. Y, por ¨²ltimo, denunci¨® que en 1997 fue apartado del Comit¨¦ Europeo de Normalizaci¨®n, aparte de excluirlo de otras reuniones y seminarios de marcado car¨¢cter investigador en los que participaba Inescop.
El jefe de laboratorio de Inescop present¨® por estos hechos una demanda laboral que el Juzgado de lo Social n¨²mero 6 de Alicante rechaz¨®, seg¨²n sentencia de marzo de 2001. Carlos Montouto, letrado del trabajador, recurri¨® la sentencia al Tribunal Superior de Justicia, que le ha dado la raz¨®n. El tribunal considera que las decisiones de la empresa redundaron en perjuicio de la formaci¨®n y promoci¨®n profesional del investigador, con el progresivo alejamiento de las ¨¢reas t¨¦cnicas a las que antes acced¨ªa y con la limitaci¨®n de medios materiales para el adecuado ejercicio de sus tareas. Tambi¨¦n subraya que los cambios produjeron un menoscabo de su dignidad y que las nuevas condiciones de trabajo reflejan un desvalor del recurrente frente a sus compa?eros, por lo que 'de todo ello se deduce que el supuesto enjuiciado es perfectamente incardinable en el art¨ªculo 50 del E. T [Estatuto de los Trabajadores]', dice la sentencia. El tribunal declara extinguida la relaci¨®n laboral entre las partes y condena a la empresa a pagar al trabajador unos 180.300 euros (alrededor de 30 millones de pesetas) en concepto de indemnizaci¨®n. Inescop ha procedido al pago de la indemnizaci¨®n a que ha sido condenada, sin necesidad de un previo requerimiento.
El letrado del investigador resalta la importancia de la sentencia del TSJ, no s¨®lo porque viene a resarcir los da?os causados al cient¨ªfico, sino por su car¨¢cter innovador, al aceptar un supuesto como el del acoso moral todav¨ªa legalmente no tipificado, y por el marcado car¨¢cter p¨²blico del centro de trabajo donde se han producido los hechos. 'Estamos hablando de un instituto con financiaci¨®n mayoritariamente p¨²blica y, por tanto, su gesti¨®n deber¨ªa ser m¨¢s diligente', dice Montouto. 'Y, adem¨¢s, dada la intervenci¨®n reconocida del afectado en foros internacionales cient¨ªficos representando a Inescop, por delegaci¨®n del representante espa?ol oficial, Aenor, tambi¨¦n supone un menoscabo y desdoro para los intereses espa?oles en dichos foros', a?ade el letrado.
Respecto a la tipificaci¨®n legal del acoso moral, el PP ha rechazado en el Congreso de los Diputados una iniciativa del PSOE en ese sentido. Los populares consideran 'prematuro' aprobar ahora una ley sobre el particular.
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