La CHS licit¨® la reforestaci¨®n del Guadalmedina como si fuera una infraestructura hidr¨¢ulica
La Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del Sur (CHS) licit¨® en agosto y adjudic¨® en enero, por 5.307.100 euros, un parque periurbano para M¨¢laga, dentro del plan de reforestaci¨®n del Guadalmedina, sin tener expropiados los terrenos hasta el 12 de marzo, acogi¨¦ndose a un art¨ªculo de la Ley de Contratos del Estado previsto para obras de infraestructura hidr¨¢ulica, transporte y carretera.
?sta no es la ¨²nica interpretaci¨®n legal que se ha producido en este expediente. El presidente de la CHS, Jos¨¦ Antonio Villegas, firm¨® el 30 de julio la licitaci¨®n de esta obra, sin que existiera estudio de impacto ambiental. El Ministerio de Medio Ambiente public¨® en el BOE del 16 de octubre una resoluci¨®n en la que consideraba 'innecesario' el estudio de impacto ambiental. La Ley de Protecci¨®n Ambiental de Andaluc¨ªa establece en el art¨ªculo 20 que una actuaci¨®n de este tipo no puede autorizarse sin haberse evaluado el impacto ambiental. Seg¨²n este principio, la aprobaci¨®n del proyecto que se licit¨® en agosto no habr¨ªa sido posible sin que antes se estudiara c¨®mo afectaba al medio ambiente o, en su defecto, que la resoluci¨®n del Ministerio consider¨¢ndolo 'innecesario' fuese anterior al 30 de julio.
La Confederaci¨®n sostiene, sin embargo, que 'este proyecto ha seguido en todo momento los tr¨¢mites legales pertinentes'. El art¨ªculo 129 de la Ley de Contratos del Estado dice que es 'indispensable' para aprobar el proyecto y tramitar el expediente de contrataci¨®n de la obra que los terrenos est¨¦n expropiados y disponibles. Fuentes de la CHS apuntan que se han acogido al segundo apartado de este art¨ªculo que 'dispensa del requisito previo de disponibilidad de los terrenos' en la tramitaci¨®n de 'obras de infraestructuras hidr¨¢ulicas, de transporte y de carreteras'.
Diego Vera, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de M¨¢laga, considera que 'la repoblaci¨®n forestal no puede ser considerada como una obra hidr¨¢ulica, de transporte o de carretera que est¨¦ dentro del supuesto del apartado segundo del art¨ªculo 129 de la Ley'. El profesor Vera a?ade que la Ley de Aguas, en su art¨ªculo 122, especifica qu¨¦ es una obra hidr¨¢ulica, que 'no coincide con los trabajos detallados para el Guadalmedina en el anexo del Plan Hidrol¨®gico Nacional, en donde se habla de una intervenci¨®n de naturaleza forestal'.
Otras fuentes jur¨ªdicas aclaran que con estos antecedentes, el procedimiento seguido para adjudicar este parque 'a efectos administrativos no es nulo de pleno derecho, pero s¨ª anulable, porque un contratista que no concurriera a la licitaci¨®n, porque en ese momento no tuviera posibilidad de hacerlo, podr¨ªa sentirse lesionado en sus intereses si unos meses despu¨¦s s¨ª hubiera estado en condiciones de acudir'.
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