Un tribunal absuelve a dos ginec¨®logos por aborto pese a que aprecia delito
Los jueces dicen que no pueden condenar por un error del fiscal
Dos ginec¨®logos han sido absueltos por el aborto que hicieron a una joven de 16 a?os, pese a que la sentencia sostiene que 'cometieron un delito'. El tribunal entiende que delinquieron porque la interrupci¨®n del embarazo no se hizo bajo ning¨²n supuesto legal, pero aclara que no puede condenarlos porque el fiscal no los acus¨® por este aspecto, sino por hacer un aborto a una menor sin el consentimiento paterno.
El argumento jur¨ªdico para absolver a Germ¨¢n S¨¢enz de Santamar¨ªa y Armando Polivio es muy fino. La secci¨®n tercera de la Audiencia de M¨¢laga declara 'la existencia del delito' porque no se realiz¨® bajo ninguno de los supuestos previstos por la ley para la interrupci¨®n del embarazo.
Los ginec¨®logos sostuvieron en el juicio que se realiz¨® bajo el apartado de 'peligro para la salud ps¨ªquica de la embarazada', justificado con un informe del propio Santamar¨ªa. Pero la sala no da validez a este documento porque su autor no era psiquiatra y adem¨¢s porque pertenec¨ªa a la misma cl¨ªnica en la que se practic¨® el aborto, cuando la legislaci¨®n exige que el especialista que hace el dictamen sea distinto del que realiza o dirige la intervenci¨®n. Por lo tanto, la Audiencia entiende que ambos m¨¦dicos 'prescindieron del informe' que deb¨ªa encasillar la interrupci¨®n del embarazo dentro de uno de los supuestos legales. Al quedar 'fuera de los casos permitidos por la ley', los ginec¨®logos cometieron un delito.
Pero como la acusaci¨®n del fiscal no se produjo por este aspecto, la sala proclama 'la imposibilidad legal' de condenar a los imputados y acuerda su absoluci¨®n. Para justificar esta postura, el fallo recuerda que un acusado debe conocer con antelaci¨®n la infracci¨®n penal que se le imputa para cerrar 'cualquier posibilidad de una condena sorpresiva' y que se produjera indefensi¨®n.
El ministerio p¨²blico entend¨ªa que el aborto era ilegal, pero no porque no estuviera amparado por uno de los supuestos contemplados en la ley, sino porque fue practicado a una menor sin el consentimiento de sus padres. Y en este punto la sala no le da la raz¨®n al fiscal. Al contrario, sostiene -como fundament¨® la defensa de los ginec¨®logos durante la vista- que no hubo ilegalidad alguna porque aunque la joven era menor, estaba emancipada y viv¨ªa con su pareja con el consentimiento de sus padres. Por lo tanto, la sentencia concluye que la autorizaci¨®n que la adolescente dio a los m¨¦dicos para que le hicieran el aborto era v¨¢lida.
S¨¢enz de Santamar¨ªa dijo ayer que seguramente no recurrir¨¢ el fallo. No obstante, s¨ª exigir¨¢ una correcci¨®n. Entre los argumentos que la Audiencia emplea para descalificar el informe que justific¨® el aborto, dice que cuando Santamar¨ªa firm¨® aquel dictamen estaba inhabilitado. El m¨¦dico aclar¨® ayer que la inhabilitaci¨®n hab¨ªa quedado sin efecto por el indulto que le concedi¨® el Gobierno. El fiscal ped¨ªa una pena de siete a?os de c¨¢rcel para Santamar¨ªa y cinco para Polivio, adem¨¢s de 10 a?os de inhabilitaci¨®n para ambos.
El ginec¨®logo malague?o anunci¨® adem¨¢s que hoy recurrir¨¢ ante el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa el archivo de la querella que hace dos semanas present¨® contra la juez que instruy¨® el caso y el fiscal adscrito a su juzgado por supuesta prevaricaci¨®n en la tramitaci¨®n de las diligencias.
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