La nueva empresa y los documentos electr¨®nicos
Los autores defienden el papel de los registradores mercantiles ante el proyecto de un Estatuto de Nueva Empresa.
Las iniciativas empresariales de muy peque?a dimensi¨®n no pueden soportar los rigores poco justificados de trabas de todo g¨¦nero y escasa sustancia que encarecen y retrasan el proyecto de su puesta en funcionamiento
Recientemente hemos le¨ªdo en este peri¨®dico un art¨ªculo de ilustre compa?ero notario (v¨¦ase EL PA?S de 16 de mayo) en donde se insertan algunas quejas, acaso poco razonadas sobre las, a su juicio, escasas bondades de un proyecto gubernamental sobre las sociedades de Nueva Empresa. Para ser franco, no creemos que sea desacertado ni inoportuno afrontar el tratamiento legislativo de lo que los americanos dan en llamar 'Small Business Administration': el fomento administrativo de las peque?as empresas.
Las iniciativas empresariales de muy peque?a dimensi¨®n no pueden soportar los rigores poco justificados de trabas de todo g¨¦nero y escasa sustancia que encarecen y retrasan el proyecto de su puesta en funcionamiento. El compromiso de las administraciones p¨²blicas con los programas de remoci¨®n de obst¨¢culos es, por otra parte, relativamente reciente. No es una casualidad que sea as¨ª: las enormes posibilidades que suministra la Sociedad de la Informaci¨®n han permitido desde hace bien poco ofrecer mecanismos de simplificaci¨®n que son especialmente interesantes desde la perspectiva que examinamos.
Parece achacarse a los registradores lo que es posici¨®n clara y tajante del Gobierno. La Comisi¨®n Especial Ordenamiento Jur¨ªdico Econ¨®mico constituida por resoluci¨®n de 6 de noviembre de 1995, en materia de constituci¨®n de una sociedad para la peque?a empresa, consider¨® esencial facilitar su constituci¨®n. Para ello, la necesidad de inscripci¨®n en el Registro Mercanti1 deber¨ªa ser simplificada, pudi¨¦ndose realizar a trav¨¦s de varios modelos de estatutos -con opciones distintas- que deban ser simplemente rellenados por las partes.
En el mismo sentido de simplificaci¨®n de tr¨¢mites se conduce la UE. El informe de la Comisi¨®n de las Comunidades Europeas de resultados de la cuarta fase de la iniciativa SLIM (Legislaci¨®n m¨¢s Sencilla para el Mercado Interior), de fecha 4 de febrero de 2000, entre otros puntos, entendi¨® que deber¨ªa crearse un sistema de registro electr¨®nico de la documentaci¨®n de la sociedad, lo que, a su vez, permitir¨ªa recuperar y difundir esta informaci¨®n con facilidad.
Por su parte, el Informe del Grupo Operativo para la Simplificaci¨®n del Entorno Empresarial (BEST) creado en el seno de la Comisi¨®n Europea, se?ala que los estados miembros deber¨ªan adoptar iniciativas que faciliten la creaci¨®n de empresas. En particular, deber¨ªa existir: un ¨²nico centro de registro; un ¨²nico documento de registro y de identificaci¨®n; la comunicaci¨®n de la informaci¨®n entre los poderes p¨²blicos que participen en el registro.
La Administraci¨®n no puede (no debe) impedir que los administrados se entiendan con la Administraci¨®n en conexi¨®n remota, que consulten telem¨¢ticamente con sus servicios, que se identifiquen con su firma electr¨®nica. Eso no debe escandalizar a nadie. Como tampoco debe escandalizar, ser¨ªamos unos pazguatos en caso contrario, que se utilicen modelos inform¨¢ticos para la realizaci¨®n de las gestiones.
La contrataci¨®n en masa no tolera demasiados ritos y permite pocas licencias a los aficionados a la minucia. No se entiende, por ejemplo, que el contenido de unos estatutos de una sociedad microsc¨®pica no puedan ser remitidos estructurados inform¨¢ticamente de manera que su gesti¨®n y registro pueda realizarse en breves plazos. Los plazos ser¨¢n tan breves como marque la ley y los registradores los cumpliremos con agrado.
Bienvenida sea la ingenier¨ªa jur¨ªdica y la autonom¨ªa de la voluntad cuando es buscada y deseada por el interesado. Es ah¨ª, a petici¨®n del interesado, cuando resalta la important¨ªsima labor notarial de asesoramiento y de desarrollo del derecho, tan brillantemente realizada tambi¨¦n en el ¨¢mbito mercantil.
Que el interesado elija la posibilidad de consultar a la Administraci¨®n sobre las dudas de aquel curioso pacto en estatutos que pretende inscribir en el Registro Mercantil -lo puede hacer dirigi¨¦ndose telem¨¢ticamente al registrador-; lo que no es razonable es que no se establezcan mecanismos de simplificaci¨®n para que el contenido de su pacto estatutario pueda llegar estructurado en un campo libre y otro de contenido variable, de manera que la entidad pueda nacer a la vida jur¨ªdica en plazos que se computan en horas.
Cuando el interesado desea un traje pr¨ºt-¨¤-porter, no conviene imponerle uno a medida. Cuando quiere comer en un restaurante de comida r¨¢pida, no se le puede exigir que vaya a uno tradicional.
Perm¨ªtase, adem¨¢s, recordar que la Administraci¨®n tiene la obligaci¨®n de ofrecer al administrado una faz ¨²nica que debe traducirse en la imposici¨®n de deberes cada vez m¨¢s profundos de comunicaci¨®n de datos entre los distintos servicios. No ocurre as¨ª ahora: existen censados cientos de registros administrativos, de mecanismos de licencia y autorizaci¨®n, de comunicaciones y oficios que traban la implantaci¨®n y desarrollo de empresas.
Pedimos como registradores que se nos permita asumir la carga de facilitar al administrado el cumplimiento de esos deberes de comunicaci¨®n. Espa?a es el ¨²nico pa¨ªs de nuestro entorno que tiene siempre dos n¨²meros para cada entidad -el fiscal y el registral- d¨¦jesenos colaborar para implantar una simplificaci¨®n tan nimia como una coordinaci¨®n entre los registros fiscales y los sustantivos. No creemos ni pretendemos ser extravagantes: todos los sistemas mercantiles europeos est¨¢n siendo modificados para permitir la constituci¨®n telem¨¢tica on line de entidades.
Las iniciativas europeas en esta materia son constantes. La Conference of Commerce Registers of Europe (Conferencia anual de Registros Mercantiles de Europa), que el pr¨®ximo a?o se celebrar¨¢ en Espa?a viene trabajando en esta l¨ªnea de documentaci¨®n electr¨®nica en sus dos ¨²ltimas reuniones, celebradas en Cardiff y Roma.
Del mismo modo el European Business Register, entidad a la que tambi¨¦n pertenece el Colegio de Registradores, est¨¢ trabajando en la creaci¨®n de documentos electr¨®nicos sobre el est¨¢ndar XML.
Rogamos al lector se d¨¦ una vuelta 'virtual' por los distintos registros mercantiles europeos, y comprobar¨¢ c¨®mo se est¨¢ avanzando en este sector. Nos felicitamos de que el proyecto de Nueva Empresa apunte en esa direcci¨®n. Perm¨ªtasenos ser esc¨¦pticos de lo fundado de las cr¨ªticas de los que se oponen a ello.
Luis Fern¨¢ndez del Pozo y Joaqu¨ªn J. Rodr¨ªguez son director del Servicio de Coordinaci¨®n de Registros Mercantiles y director del Servicio de Sistemas de Informaci¨®n, respectivamente, del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de Espa?a.
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