Ley y creencias
El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a un matrimonio contra la condena a dos a?os y medio de c¨¢rcel que le impuso el Tribunal Supremo por no impedir la muerte de un hijo de 13 a?os, que se neg¨® a recibir una transfusi¨®n de sangre por imperativo de su creencia religiosa, compartida con sus padres, como testigo de Jehov¨¢. Frente a la f¨¢cil cr¨ªtica de una decisi¨®n que puede parecer en exceso benigna con la vulneraci¨®n del derecho a la vida de un menor en aras de determinadas convicciones religiosas, la lectura de la sentencia y la comprobaci¨®n de la conducta de los padres lleva a concluir que el Constitucional ha cumplido con su funci¨®n de amparar razonablemente la libertad, en este caso religiosa.
El drama humano de unos padres que durante nueve d¨ªas van de hospital en hospital a la b¨²squeda de la salud de su hijo y que, al mismo tiempo, son radicalmente contrarios, por motivos religiosos, a una transfusi¨®n de sangre, remedio sanitario adecuado seg¨²n los m¨¦dicos, no puede saldarse de forma inequ¨ªvoca con una condena de c¨¢rcel por homicidio omisivo.
La inicial negativa de los progenitores a que se efectuara una transfusi¨®n de sangre se convirti¨® en acatamiento de la autorizaci¨®n judicial para practicarla. Si no se hizo fue porque los sanitarios, ante la aterrorizada negativa del menor, desecharon la utilizaci¨®n de anestesia o alg¨²n otro procedimiento para neutralizarla. Y a partir de aqu¨ª, mientras el Supremo responsabiliz¨® penalmente a los padres de no convencer al hijo, el Constitucional hila m¨¢s fino. Por un lado, considera al menor titular de 'un derecho de autodeterminaci¨®n' sobre su integridad f¨ªsica, de acuerdo con el Convenio Internacional de Derechos del Ni?o, y, por otro, estima que no se pod¨ªa exigir a los padres que lo disuadieran, sobre todo despu¨¦s de ponerlo bajo 'la acci¨®n tutelar del poder p¨²blico para su salvaguarda, acci¨®n tutelar a cuyo ejercicio en ning¨²n momento se opusieron'.
En definitiva, los padres actuaron de forma coherente con sus creencias religiosas y al mismo tiempo respetuosa con el ordenamiento jur¨ªdico. No cabe, pues, sanci¨®n penal alguna. Pero de un caso concreto y muy matizado no cabe deducir, como alg¨²n portavoz de los Testigos de Jehov¨¢ ha insinuado, que su religi¨®n les habilite frente a la ley para oponerse a las transfusiones de sangre, sobre todo si se trata de menores bajo su responsabilidad.
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