El Tribunal Supremo da la raz¨®n al Ayuntamiento de Rota en su petici¨®n de impuestos a la base naval
El fallo considera que s¨®lo parte del recinto militar est¨¢ adscrito a la defensa nacional
El Tribunal Supremo ha dado la raz¨®n al Ayuntamiento de Rota (C¨¢diz) en su demanda de cobro de impuestos locales a la base naval. El fallo de la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo se?ala que no todo el suelo del recinto est¨¢ adscrito a la defensa nacional y, por tanto, no toda la base est¨¢ exenta del pago de tributos, como hasta ahora manten¨ªa Defensa. El Supremo, con esta sentencia, ratifica una anterior, de 1997, en la que la Audiencia Nacional tambi¨¦n daba la raz¨®n al Ayuntamiento, pero que fue recurrida por la abogac¨ªa del Estado en noviembre de ese mismo a?o.
De esta manera, los tribunales excluyen de la consideraci¨®n de afecto a la defensa de los bienes 'de car¨¢cter comercial, deportivo o las instalaciones destinadas a actividades de esparcimiento, situadas en el recinto de la base naval'. El Supremo rechaza el recurso de casaci¨®n del Gobierno porque 'carece de fundamento y se basa en un argumento no del todo congruente'.
El abogado del Estado bas¨® su estrategia en la consideraci¨®n de que la base cuenta con instalaciones de uso civil y 'no todos aquellos bienes e instalaciones tienen la naturaleza espec¨ªfica de recursos empleados en la defensa nacional'. Con todo, la totalidad del patrimonio est¨¢ sujeta a 'condiciones y prohibiciones' establecidas por la naturaleza militar del recinto, por lo que concluye el abogado del Estado que 'la totalidad de las instalaciones debe recibir un tratamiento conjunto'.
Contra este criterio, el Supremo argumenta que el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol no confiere naturaleza legal espec¨ªfica a los recintos destinados a finalidades econ¨®micas, comerciales, deportivas o de esparcimiento 'en funci¨®n de su situaci¨®n geogr¨¢fica', por lo que rechaza el recurso del Estado y le obliga al pago de las costas del procedimiento.
Cuatro ejercicios fiscales
Una vez conocido el fallo, el alcalde de Rota, Domingo S¨¢nchez Rizo (PSOE), anunci¨® ayer la apertura de un expediente para hacer efectivo el cobro de los impuestos derivados del aprovechamiento urban¨ªstico y la actividad econ¨®mica de las instalaciones no vinculadas con el inter¨¦s nacional. Seg¨²n la primera estimaci¨®n municipal, el Ministerio de Defensa deber¨¢ abonar 'entre tres y cinco' millones de euros, correspondientes a los ¨²ltimos cuatro ejercicios fiscales, ya que los anteriores han prescrito.
El Ayuntamiento espera poder negociar con el Gobierno los t¨¦rminos del pago. El alcalde explic¨® que el dinero podr¨¢ ser deducido de la deuda que el municipio mantiene con el Estado por otros conceptos, valorada en unos 12 millones de euros. Se trata de una deuda acumulada por anteriores gobiernos locales por impagos de IRPF de los funcionarios, servicios de suministros de agua y prestaciones de la Seguridad Social, entre otros conceptos. De esta manera, el Ayuntamiento podr¨¢ aliviar su actual deuda remanente, en cumplimiento del plan de saneamiento establecido por el actual gobierno local.
Por otra parte, el alcalde explic¨® que 'lo fundamental' de la sentencia es que sienta un precedente que despeja los futuros cobros a Defensa por la actividad de la base, culmin¨¢ndose un largo contencioso legal que enfrentaba a las partes desde 1983.
El Ayuntamiento de Rota mantiene, por la v¨ªa pol¨ªtica, una campa?a de demanda al Gobierno de un trato fiscal especial en reconocimiento de las limitaciones de desarrollo del municipio que impone la Base. El alcalde asegur¨® que se espera una compensaci¨®n, por este concepto, de unos 18 millones de euros.
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