La normativa de las casas rurales
La alarma cunde entre los empresarios del sector tur¨ªstico. La oferta de alojamientos no regulada se ha disparado en los ¨²ltimos a?os. Como ejemplo, la Federaci¨®n de Turismo y Hosteler¨ªa de Ja¨¦n ha asegurado que la modalidad de casas rurales sube cada a?o en un porcentaje del 15%. El Centro de Turismo Interior de Andaluc¨ªa (Centia) estima que s¨®lo el 20% de las m¨¢s de 2.000 casas rurales existentes en la comunidad cumplen la normativa.
El Centia, que tiene su sede en ?beda, est¨¢ realizando un censo para conocer con exactitud la oferta tur¨ªstica en el medio rural. Este censo es una consecuencia del Decreto de la Consejer¨ªa de Turismo, publicado el 29 de enero, y que tipifica las diferentes modalidades de alojamiento rural. As¨ª, se diferencia claramente entre casa rural y vivienda tur¨ªstica de alojamiento rural. Mientras que aqu¨¦llas son las edificaciones del medio rural que ofrecen el alojamiento junto a otros servicios complementarios, las segundas no prestan m¨¢s servicio que el de alojamiento.
En consecuencia, las personas titulares de las viviendas tur¨ªsticas de alojamiento rural est¨¢n exoneradas de la obligaci¨®n de inscripci¨®n en el Registro de Turismo de Andaluc¨ªa. Aunque estas viviendas no puedan ser consideradas como actividad tur¨ªstica y s¨ª como un alquiler urbano, s¨ª que tendr¨¢n que someterse a un r¨¦gimen fiscal para no incurrir en competencia desleal.
'Queremos desarrollar un sistema tur¨ªstico sostenible y competitivo en el medio rural andaluz, regulando los diferentes tipos de alojamiento y estableciendo un nuevo r¨¦gimen jur¨ªdico', indica Jos¨¦ Luis Carmona, gerente del Centro de Turismo Interior. La nueva normativa otorga un plazo de un a?o para que los establecimientos de alojamiento tur¨ªstico se adapten al nuevo decreto. A partir de ah¨ª, Turismo se reserva la facultad de imponer sanciones por las infracciones administrativas en las que hayan incurrido.
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