La 'rebaja fiscal' del presupuesto de 2003 supone 88 millones de euros
Dos millones de contribuyentes podr¨¢n acogerse a las nuevas medidas
Las medidas fiscales que la Junta ha incluido en la denominada Ley de Acompa?amiento del proyecto de Ley de Presupuestos para 2003, en aplicaci¨®n de su capacidad normativa, supondr¨¢n un beneficio de 88 millones de euros para los m¨¢s de dos millones de ciudadanos que pondr¨¢n acogerse a ellas, seg¨²n inform¨® ayer la consejera de Econom¨ªa y Hacienda, Magdalena ?lvarez, tras entregar el documento al presidente del Parlamento.
La consejera de Econom¨ªa explic¨® el contenido de la denominada Ley de Acompa?amiento, donde se recoge, como principal novedad, la inclusi¨®n de una serie de medidas con las que la Junta ejercer¨¢ por primera vez la capacidad normativa sobre sus tributos.
En l¨ªneas generales, se reforzar¨¢ el car¨¢cter redistributivo de la fiscalidad auton¨®mica, mediante la mejora del tratamiento de los contribuyentes con rentas bajas y medias, y el establecimiento de incentivos para las familias, los j¨®venes y las mujeres, tanto en los impuestos indirectos como en la cuota auton¨®mica del IRPF. Asimismo, se complementar¨¢ desde el punto de vista fiscal las pol¨ªticas de bienestar social y apoyo a los emprendedores, especialmente el Decreto de Apoyo a las Familias Andaluzas y la reciente reforma del Plan Andaluz de Vivienda.
De acuerdo con estas medidas, la Junta de Andaluc¨ªa aplicar¨¢ deducciones en la cuota auton¨®mica del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas (IRPF) con el fin de mejorar el tratamiento fiscal de las familias con hijos, facilitar el acceso a la vivienda y apoyar las iniciativas empresariales de los j¨®venes y las mujeres, entre otros objetivos.
Entre las deducciones previstas, destacan las que se dirigir¨¢n a los perceptores de las ayudas recogidas en el Decreto de Apoyo a las Familias para aliviar la carga fiscal por cada hijo menor de tres a?os y por cada hijo en caso de parto m¨²ltiple. Tambi¨¦n se establecer¨¢n beneficios fiscales, adecuados al nivel de renta, para reducir costes en la adquisici¨®n de viviendas por parte de j¨®venes y para facilitar la rehabilitaci¨®n y el alquiler.
Primera actividad
Respecto al apoyo a las iniciativas empresariales, la Ley de Acompa?amiento incluir¨¢ dos deducciones sobre el IRPF, actualmente in¨¦ditas en el resto de las comunidades aut¨®nomas. La primera de ellas se destinar¨¢ a favorecer el inicio de la primera actividad empresarial de j¨®venes menores de 35 a?os. La segunda se aplicar¨¢ a las mujeres emprendedoras con el fin de promover la mayor participaci¨®n de este colectivo en la vida econ¨®mica.
Otro impuesto directo auton¨®mico que se modificar¨¢ ser¨¢ el de Sucesiones y Donaciones, con el objetivo de incluir en este ¨¢mbito fiscal a las parejas de hecho y a las situaciones de acogimiento familiar.
En cuanto a la fiscalidad indirecta, la principal modificaci¨®n afecta al impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, en el que se equiparar¨¢n fiscalmente las transmisiones civiles y las mercantiles para reducir a la mitad los costes tributarios en la adquisici¨®n de viviendas por parte de j¨®venes y de personas con rentas bajas y medias.
Otras novedades recogidas en la Ley de Acompa?amiento se refieren a las tasas en turismo, para motos n¨¢uticas y embarcaciones de recreo; en cultura, en relaci¨®n con servicios administrativos sobre propiedad intelectual; en salud, sobre inspecci¨®n en carnes frescas de aves de corral y conejo, y en obras p¨²blicas, tasas para la ordenaci¨®n de transportes mecanizados por carretera.
Asimismo, la Ley de Acompa?amiento recoge un reforzamiento del control sobre las empresas p¨²blicas y medidas para agilizar y hacer m¨¢s efectiva la ejecuci¨®n presupuestaria. De igual manera, se contempla una modificaci¨®n de la Ley del Consejo Consultivo, en el sentido de que el plazo para la tramitaci¨®n de posible reforma del Estatuto de Autonom¨ªa y de los anteproyectos de Ley se reduce de dos a un mes y en el caso de los textos sobre conflictos de competencia ante el Tribunal Constitucional a 20 d¨ªas.
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