Los jueces dicen que el cura que se neg¨® a declarar 'protege' a los abusadores
Condenados cuatro de los procesados en el caso de Zumarraga
La Audiencia Provincial de Guip¨²zcoa considera que la postura del cura de Zumarraga Jos¨¦ Ignacio Munilla, que se neg¨® a contestar como testigo a varias preguntas en un juicio contra cinco hombres acusados de abusar sexualmente de un menor deficiente mental, 'protege y ampara a los abusadores'. As¨ª lo recoge en la sentencia dictada ayer, en la que condena a cuatro de los procesados a penas que suman 29 a?os de c¨¢rcel.
La intervenci¨®n del p¨¢rroco hizo posible la apertura del proceso judicial. Como ¨¦l mismo relat¨® durante el juicio, en verano de 1998, la madre del menor le solicit¨® que le ayudase con la educaci¨®n sexual de su hijo deficiente, que entonces ten¨ªa 16 a?os. Durante las conversaciones privadas que el cura mantuvo con el chico, ¨¦ste le cont¨® que hab¨ªa sufrido abusos sexuales, seg¨²n testific¨® Munilla, quien a?adi¨® que puso los hechos en conocimiento de la madre del menor y del Servicio de Atenci¨®n a la V¨ªctima, que comunic¨® lo sucedido a la Ertzaintza.
El p¨¢rroco, sin embargo, se neg¨® a contestar en el juicio a aquellas preguntas que incid¨ªan en los detalles de las conversaciones con el menor, alegando cuestiones de conciencia y que hab¨ªa conocido los hechos en el ejercicio de su funci¨®n sacerdotal.
La presidenta de la sala le record¨® su obligaci¨®n de contestar, pero el p¨¢rroco mantuvo su postura, por lo que la juez le impuso una multa de 150 euros y orden¨® deducir testimonio para remitir el caso al juzgado de guardia. Munilla tendr¨¢ que prestar declaraci¨®n por estos hechos, que podr¨ªan constituir un delito de desobediencia grave a la autoridad, penado con hasta un a?o de c¨¢rcel.
La sentencia ahora dictada por la Audiencia guipuzcoana recoge que el p¨¢rroco no tuvo en cuenta la cuesti¨®n de conciencia cuando denunci¨® los abusos sexuales, por lo que tacha de sui generis la interpretaci¨®n de las razones morales y de conciencia que expuso en el juicio. 'La sala no puede por menos que calificar de original esa posici¨®n de conciencia, cuando con ella se protege y se ampara al abusador en perjuicio de la v¨ªctima, subvirti¨¦ndose de tal forma los principios b¨¢sicos de cualquier moral', destaca.
El tribunal considera probado que F. O. C. y A. B. H., 'aprovech¨¢ndose' de la discapacidad del menor, abusaron sexualmente de ¨¦l en varias ocasiones entre 1998 y 1999, y les condena a nueve y ocho a?os de prisi¨®n, respectivamente.
Las defensas anunciaron que recurrir¨¢n la sentencia. La juez decret¨® el inmediato ingreso en prisi¨®n provisional de ambos procesados por 'riesgo de fuga'.
Asimismo, el tribunal condena por abusos sexuales a J. C. C. C. y A. C. I., a cada uno de los cuales impone seis a?os de c¨¢rcel, que podr¨¢n cumplir en un centro psiqui¨¢trico dados los trastornos ps¨ªquicos que padecen. El quinto imputado, J. M. A., ha sido absuelto.
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