La singularidad de la Iglesia en Cajasur
Castillejo ha fortalecido el poder del Cabildo y del presidente en la caja cordobesa a trav¨¦s de los estatutos
En los ¨²ltimos 25 a?os, los estatutos de Cajasur han ido cambiando de forma paulatina, modificaciones que han propiciado un incremento del poder de la Iglesia cat¨®lica en la entidad cordobesa. Estos cambios han sido impulsados por el presidente de la caja en estos cinco lustros, el sacerdote Miguel Castillejo, quien ha dise?ado un traje a medida para fortalecer el papel del fundador de Cajasur, el Cabildo catedralicio, y de ¨¦l mismo como m¨¢ximo mandatario de la entidad.
Los cambios m¨¢s significativos se produjeron en los estatutos aprobados en 1986, que Castillejo aprovech¨® para, entre otras cuestiones, eliminar la limitaci¨®n de mandatos del presidente de la entidad; borrar la edad de jubilaci¨®n de los miembros de los ¨®rganos de gobierno y aumentar considerablemente el peso de la Iglesia en la Asamblea General de la caja (casi se dobl¨®).
Los estatutos vigentes en 1985 limitaban el mandato del presidente de la entidad a 12 a?os
A lo largo de este tiempo, Castillejo (inmerso ahora en la pol¨¦mica por la p¨®liza que le permitir¨¢ cobrar una renta vitalicia cuando abandone Cajasur) ha ido salvando todos los escollos legales que se ha encontrado en el camino, especialmente la Ley de Cajas andaluza, para garantizar su continuidad en Cajasur y dar carta de naturaleza a la singularidad de la Iglesia en la entidad cordobesa.
Su ¨²ltimo movimiento, uno de los m¨¢s arriesgados, ha sido lograr que la Ley Financiera auspiciada por el Gobierno del PP despoje a la Junta de Andaluc¨ªa de las principales competencias sobre Cajasur (entre otras la aprobaci¨®n de los estatutos).
Previamente, el presidente de Cajasur hab¨ªa conseguido que el Gobierno recurriese la Ley de Cajas auton¨®mica, aprobada en diciembre de 1999, ante el Tribunal Constitucional, lo que bloque¨® su jubilaci¨®n (prevista en la ley en los 70 a?os) y que Cajasur se rija por los mismos criterios que las otras cinco cajas andaluzas, excepto en lo que es su singularidad.
?Y en qu¨¦ consiste la singularidad de la Iglesia en Cajasur? La Junta de Andaluc¨ªa entiende que esta cuesti¨®n qued¨® definida en la disposici¨®n adicional segunda de Ley de ?rganos Rectores de las Cajas de Ahorros (LORCA), aprobada en 1985, durante el mandato de Felipe Gonz¨¢lez.
Esta disposici¨®n de la LORCA establece que el "nombramiento" y la "duraci¨®n" del mandato de los representantes de la Iglesia en los ¨®rganos de gobierno de las cajas que esta instituci¨®n haya fundado (entre ellas Cajasur) se regir¨¢n por los estatutos vigentes en la caja el 17 de enero de 1985. Para la Junta la peculiaridad de la Iglesia en Cajasur consiste exclusivamente en esto: en que el nombramiento y la duraci¨®n del mandato de los representantes del Cabildo catedralicio se ajustar¨¢ a lo que digan los estatutos vigentes en la caja en 1985. Y nada m¨¢s.
El Gobierno auton¨®mico traslad¨® esta disposici¨®n de la LORCA casi literalmente a la Ley de Cajas andaluza, considerando salvada la singularidad de la Iglesia, y regul¨® que en el resto de materias Cajasur funcionar¨ªa como las otras cajas andaluzas.
En la pr¨¢ctica, esta decisi¨®n supon¨ªa que la Iglesia, como fundadora, pasar¨ªa de tener un 35% de representantes en la Asamblea General a contar con s¨®lo un 9%; ver¨ªa mermada su representaci¨®n en el Consejo de Administraci¨®n (seis miembros hist¨®ricamente) y que Castillejo tendr¨ªa que jubilarse al tener m¨¢s de 70 a?os.
Castillejo movi¨® todos los hilos que pudo hasta conseguir que el Gobierno central recurriese la Ley de Cajas andaluza, a principios de 2000, pese a que el Ministerio de Econom¨ªa no ve¨ªa, inicialmente, indicios de inconstitucionalidad en la norma auton¨®mica.
El Gobierno impugn¨® dos puntos de la Ley de Cajas referentes a Cajasur, pero no el que hac¨ªa una traslaci¨®n literal de la LORCA (una ley b¨¢sica). La admisi¨®n del recurso por el Tribunal Constitucional hizo que quedase en suspenso la jubilaci¨®n del presidente de la caja cordobesa y la nueva composici¨®n de los ¨®rganos de gobierno prevista en la Ley de Cajas auton¨®mica.
Sin embargo, en el horizonte de Castillejo estaba la amenaza de la LORCA, una amenaza que ha desaparecido tras la aprobaci¨®n de la Ley Financiera, que establece que los estatutos a aplicar en Cajasur son los vigentes el 1 de noviembre de 2002.
Con esta doble maniobra (la suspensi¨®n parcial de la Ley de Cajas auton¨®mica en el Tribunal Constitucional y la aprobaci¨®n de la Ley Financiera), Cajasur ha conseguido, fundamentalmente, tres objetivos: eliminar todo rastro de la LORCA; enviar al sue?o de los justos los estatutos vigentes en 1985; y eludir la tutela de la Junta de Andaluc¨ªa en aspectos b¨¢sicos como la aprobaci¨®n de los estatutos y de la obra social, competencia que se arroga el Ministerio de Econom¨ªa.
?Y por qu¨¦ ha querido Castillejo eliminar el referente de la LORCA y los estatutos vigentes en 1985? Los estatutos que estaban en vigor en Cajasur en 1985, aprobados en 1982, dibujaban un escenario muy diferente al actual.
En s¨ªntesis, los estatutos de 1985 establecen que el mandato del presidente pod¨ªa durar un total de 12 a?os (cuatro y dos reelecciones, art¨ªculo 32); la edad de jubilaci¨®n se fijaba en 75 a?os (art¨ªculo 10); y el peso de la Iglesia cat¨®lica en la Asamblea General, especialmente el Cabildo catedralicio, era del 22% (21 consejeros sobre un total de 96). Estos estatutos tambi¨¦n establec¨ªan que los patronos de la fundaci¨®n tendr¨ªan seis representantes en el Consejo de Administraci¨®n de Cajasur y que el presidente se elegir¨ªa entre estos seis vocales, elementos que no han cambiado con el paso del tiempo.
Un a?o despu¨¦s, en 1986, Castillejo logr¨® que la Consejer¨ªa de Econom¨ªa aprobase unos estatutos que alteraron los tres primeros puntos radicalmente: La limitaci¨®n de mandato del presidente y el tope de edad para estar en los ¨®rganos de gobierno desaparecieron de un plumazo, lo que ha permitido a Castillejo acumular 25 a?os al frente de la caja. Y el peso de la Iglesia en la Asamblea General pas¨® del 22% al 40% (38 de los 95 consejeros), seg¨²n establece el art¨ªculo 11 de los estatutos de 1986.
Tras la fusi¨®n por absorci¨®n de Cajasur con la caja fundada por la Diputaci¨®n de C¨®rdoba, en 1994, el peso de la Iglesia en la Asamblea General se ha reducido pero sigue siendo muy alto: 56 representantes sobre un total de 160 (un 35%), muy lejos del 22% que ten¨ªa el Cabildo en 1985. El otro fundador, la Diputaci¨®n, tiene ocho consejeros en la Asamblea General de Cajasur (5%) y dos vocales en el Consejo de Administraci¨®n.
Los estatutos de la caja fusionada, aprobados en 1995 por la Consejer¨ªa de Econom¨ªa, arrastran las modificaciones realizadas en 1986, por lo que la Junta no puso en cuesti¨®n el peso de la Iglesia en Cajasur cuando dio el visto bueno a la fusi¨®n de las dos cajas cordobesas.
Estos cambios fueron detectados por la Consejer¨ªa de Econom¨ªa, dirigida por Magdalena ?lvarez, cuando comenz¨® la elaboraci¨®n de la Ley de Cajas andaluza. Econom¨ªa quiso trasladar a la ley andaluza la peculiaridad de la Iglesia establecida en la ley b¨¢sica, la LORCA, algo que Castillejo intent¨® evitar a toda costa, lo que propici¨® las sospechas de este departamento.
Econom¨ªa requiri¨® a Cajasur los estatutos vigentes en 1985 y ah¨ª comprob¨® c¨®mo en aquel momento el peso de la Iglesia era muy inferior al actual en la Asamblea General; que el presidente ten¨ªa limitaci¨®n de mandatos y que la edad de jubilaci¨®n estaba fijada en 75 a?os, aspectos que han ido desapareciendo con el tiempo y que han dado pie a Castillejo a hacer una interpretaci¨®n laxa de la singularidad de la Iglesia en Cajasur.
En la actualidad, los estatutos vigentes en Cajasur son los aprobados en 1995, todav¨ªa no adaptados a la Ley de Cajas auton¨®mica por el recurso del Gobierno al Constitucional. Y Castillejo ya ha advertido a sus trabajadores que ¨¦l quiere pilotar la adaptaci¨®n de Cajasur a la Ley Financiera y, por consiguiente, dise?ar los nuevos estatutos de la entidad, algo que quiere evitar a toda costa el Gobierno andaluz, que ha anunciado que llevar¨¢ la Ley Financiera al Constitucional para mantener la tutela sobra la caja cordobesa.
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